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Como declaro en el IRFP la indemnización recibida por el seguro de las cantidades abonadas a cuenta en la compra

6 respuestas
Como declaro en el IRFP la indemnización recibida por el seguro de las cantidades abonadas a cuenta en la compra
Como declaro en el IRFP la indemnización recibida por el seguro de las cantidades abonadas a cuenta en la compra
#1

Como declaro en el IRFP la indemnización recibida por el seguro de las cantidades abonadas a cuenta en la compra

Hola a todos, en el año 2007 compre una casa sobre planos y la fui pagando hasta que por la crisis en 2009 incumplieron el contrato y por tanto un juez falló dandonos la resolución de los contratos y obligando al seguro a devolvernos los capitales abonados a cuentas que figuraban asegurados. En mi caso dí 36000 € a cuenta y me pagó el seguro en julio de 2010 39800€, entiendo una ganancia patrimonial de 3800 € pero como y donde meto esto en el IRPF de este año. En el documento que firme con seguro se titulaba "Indemnizacion y cesion de derechos", en que casillas va en la base liquidable general o del ahorro.

Haber si pueden ayudarme. :-(

#2

Re: Como declaro en el IRFP la indemnización recibida por el seguro de las cantidades abonadas a cuenta en la compra

Casilla 312, en la base general.

Saludos.

#3

Re: Como declaro en el IRFP la indemnización recibida por el seguro de las cantidades abonadas a cuenta en la compra

ok, pero xk en la base general y no en la base del ahorro, son intereses que genera un capital no devuelto en el tiempo establecido según el contrato de la póliza que garantiza el capital abonado a cuenta, y otra pregunta cual es el % de gravamen en la base general?

gracias de antemano.

#4

Re: Como declaro en el IRFP la indemnización recibida por el seguro de las cantidades abonadas a cuenta en la compra

Esos intereses no tienen un carácter remuneratorio y sí un carácter indemnizatorio. Es éste el motivo. Hay varias consultas vinculantes al respecto, si necesitas alguna pídela. El tipo de gravamen de la base general depende del resto de rentas generales que tengas, mínimo 24% y máximo entre el 43% y el 49% dependiendo de la Comunidad Autónoma.

Saludos.

#5

Re: Como declaro en el IRFP la indemnización recibida por el seguro de las cantidades abonadas a cuenta en la compra

Muchas gracias, podría ver alguna de las consultas que comentas?, Yo habia pensado meterlo en la casilla 366 tratandose de en alguna forma la transmision del objeto que ha generado la devolución, es decir, la futura casa no ha llegado a ser mía por imcumplimiento del promotor que a su vez está en concurso de acreedores, yo como acreedor he cedido los derechos de la misma mendiante un contrato de indemnización y cesion de derechos al seguro que me ha pagado. No se como lo vé? el caso es que hace un par de años tuve unas pérdidas por unas acciones que vendí y había pensando en compensarlas ahora con esto y de esta manera se compensarían.

nuevamente gracias.

#6

Re: Como declaro en el IRFP la indemnización recibida por el seguro de las cantidades abonadas a cuenta en la compra

Perdón por el retraso en corregir el error. Efectivamente son una ganancia patrimonial, se incorporan en la base del ahorro si indemnizan un período superior a dos años, y en la general en el supuesto de indemnizar períodos de tiempo inferiores:

http://petete.meh.es/Scripts/know3.exe/tributos/CONSUVIN/texto.htm?NDoc=18298&Consulta=v%32%35%38%38%2D%310&Pos=0&UD=1

Saludos.

#7

Ejecución de aval bancario por incumplimiento en la entrega de piso. ¿Indemnización o sobreprecio?

Hola, a ver si es tan amable de aclararme esta cuestión:
Vendí mi casa en 2006 en contrato de permuta con una promotora, por un piso que se me iba a entregar valorado en 140.000 €.
En el contrato también me dan aval por 170.000 €, pues aparte de la entrega del piso, el aval garantiza la revalorización del piso en el momento de entrega y todos los gastos que origine la entrega de la nueva vivienda(escrituras, notario, registro, impuestos municipales, etc..).
El piso no se me ha entregado por quiebra de la promotora, y finalmente cobro el aval en 2009, adquiriendo en ese mismo año mi nueva vivienda habitual por un importe de 180.000€.
Ahora hacienda, aparte de no poder acogerme a la exención por reinversión del 2006, me manda una propuesta de liquidación del irpf 2009, por la diferencia de lo que cobre en 2009, y lo estipulado inicialmente de valor del piso en el contrato de permuta. Pero lo curioso es que me lo ponen en la base general, no en la base especial.
Tengo 10 días para alegar, ¿en que argumentos me podría basar, tanto para defender lo de la exención, como lo de integrar esa diferencia en la base especial?.
Muchas gracias y disculpe las molestias.