y pregunto, desde la ignorancia y por si alguno lo hizo.
Si tienes ese plan de pensiones garantizado, digamos hasta el 2020, y cuando lo hiciste el banco, pongamos caja Madrid por ejemplo, te ingresó 500 euros en tu cuenta corriente.
Esa cuenta corriente ya no existe, porque ellos unilateralmente decidieron por ti que podían cancelarla, ya que no tenias fondos y solo la abriste para el plan de pensiones.
Ahora miras y tienes "vinculada" una cuenta de bankia, que tampoco tiene fondos, pero ellos decidieron vincularla.
Si tu mañana ordenas el cambio de ese plan de pensiones a otra entidad, que pasaría?
Te lo deniegan?
Te cobran los 500 euros más el 15% creo que tenía de retención?
Te cobran la parte proporcional de los años que falten?
Y si tienes la cuenta con cero euros?
Es que por más que leo el contrato pone que caja Madrid, se reserva el derecho a cobrarte el importe abonado o en caso de regalo, su valor, si cambias de plan antes de la fecha de garantía.
Lo que no tengo muy claro es si lo pueden hacer o no.
Bueno poder supongo que sí, quiero decir si es legal o no.