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Renovación cuota hipoteca
Buenas tardes,
El día 10 de septiembre del 2018 firmé las escrituras de la compra de la vivienda y de la hipoteca. La primera cuota fue aplicada el día 10/10/18
El interés es variable + 0,65% renovable cada año. Hoy me ha llegado la notificación de la renovación de la cuota de la hipoteca y me van cobrar el interés del 0,367% a partir del 10/10/19 , es decir, van a tener en cuenta el euribor del mes de julio.
Euribor julio: -0,283%
Euribor agosto: -0,356%
Yo pensaba que me iban a aplicar el de agosto ya que en la escritura menciona el euribor del mes inmediato anterior. Exactamente en la escritura menciona lo siguiente
Se entiende por interés de referencia el tipo Euribor a un año publicado mensualmente en el B.O.E. como índice o tipo de referencia oficial, definido en el anejo 8 de la Circular del Banco de España 5/2012.
Las partes pactan que dicho tipo de interés de referencia será, por lo tanto, el publicado en el BOE del mes inmediatamente anterior al de la fecha de cada una de las revisiones de interés pactadas en la presente escritura, con independencia del mes a que corresponda el porcentaje publicado en dicho Boletín Oficial del Estado.
¿Me han aplicado correctamente el euribor?
El día 10 de septiembre del 2018 firmé las escrituras de la compra de la vivienda y de la hipoteca. La primera cuota fue aplicada el día 10/10/18
El interés es variable + 0,65% renovable cada año. Hoy me ha llegado la notificación de la renovación de la cuota de la hipoteca y me van cobrar el interés del 0,367% a partir del 10/10/19 , es decir, van a tener en cuenta el euribor del mes de julio.
Euribor julio: -0,283%
Euribor agosto: -0,356%
Yo pensaba que me iban a aplicar el de agosto ya que en la escritura menciona el euribor del mes inmediato anterior. Exactamente en la escritura menciona lo siguiente
Se entiende por interés de referencia el tipo Euribor a un año publicado mensualmente en el B.O.E. como índice o tipo de referencia oficial, definido en el anejo 8 de la Circular del Banco de España 5/2012.
Las partes pactan que dicho tipo de interés de referencia será, por lo tanto, el publicado en el BOE del mes inmediatamente anterior al de la fecha de cada una de las revisiones de interés pactadas en la presente escritura, con independencia del mes a que corresponda el porcentaje publicado en dicho Boletín Oficial del Estado.
¿Me han aplicado correctamente el euribor?