Cancelación asiento registral de venta 6 años atrás. ¿Quién paga?
Hola a todos rankianos,
El tema va sobre quien debe asumir el coste de la cancelación del asiento registral de hipoteca; yo vendí un bien hace sobre 6-8 años con un asiento de hipoteca (la deuda ya estaba saldada con el banco, pero seguía el asiento registral).
El caso es que hace unos meses me llama la persona a la que le vendí la propiedad deciéndome que tengo que asumir los costes de cancelación del asiento porque él quiere volver a vender el bien y sin la cancelación del asiento no se lo quieren comprar.
Dudas:
1.- Siendo la nota simple del registro pública y habiendo comprobado mi comprador la situación de bien y asumiéndola (dado que compró) ¿puede exigirme algo?
Yo entiendo que NO dado que está en las condiciones que él la compró. (Yo no me niego a facilitarle los trámites, pero tampoco quiero "tirar" más de 1.000€ a la basura).
2.- En el caso de que en la escritura [que no tengo delante, y no tengo ni idea que puede poner] se hubiese pactado que el coste de la cancelación del asiento me corresponde a mí (por ponerme en el peor de los casos posibles) ¿puede después de más de 5 años obligarme a asumirlos?
Gracias!!