Re: Mutualista. Me tengo que dar de alta en Hacienda para ser agente exclusivo de seguros¿?
Como te dice Asesor, si tu mujer es exclusiva de una compañía no tendrá que hacer ni trimestres de IVA ni de IRPF si es la única actividad. La aseguradora emitirá factura a su nombre, con la correspondiente retención, y lo único que tendrá que hacer es la declaración de la renta, nada más. Es que ahora mismo no os supone pagar nada más, salvo que tengáis alguna bonificación en la cuota de autónomos de tu cónyuge, ni presentar más documentación a hacienda. Solamente que a final de año en la casilla del IRPF el de tu cónyuge tendrá los ingresos de la actividad de mediación de seguros.
Es que incluso puede ser mejor para ti, porque si sale algún tema de jurídica que quieras llevar, no chirría tanto que lo desempeñes tu siendo mediadora tu mujer, que siendo tu el propio mediador, por lo menos ante la compañía, o así lo veo yo. Aquí ya no se si tendrías alguna incompatibilidad incluso, ese punto lo desconozco.
Saludos