#16
#17
Re: Responsabilidad Civil Imobiliaria del arrendador
#18
Re: Responsabilidad Civil Imobiliaria del arrendador
#19
Re: Responsabilidad Civil Imobiliaria del arrendador
Lo normal es que la RC del propietario, cubra los daños al inquilino por causa de incendio, explosión e implosion y daños por agua, en tu caso no es ninguna de esta causa, por tanto el inquilino tendrá que dar parte a su seguro y sera este quien le cubra sus daños de contenido.
Amen de lo que te esta diciendo Acrasol, que como blanquito quizás no este fino. Jejeje.
#20
Re: Responsabilidad Civil Imobiliaria del arrendador
#21
Re: Responsabilidad Civil Imobiliaria del arrendador
No, es la definición de responsabilidad civil como propietario frente al inquilino. Que son los mismo que del inquilino frente al propietario.
Yo tengo mis dudas, que unas filtraciones producidas por lluvia, pedrisco o nieve, siendo un echo imprevisto y no existiendo falta de mantenimiento, que el propietario de la nave sea responsable de los daños que cause este echo no lo tengo claro, otra cosa es que se rompa una tubería, que es mi instalación, y le cause daños al inquilino, ahí si que da cobertura la rc como propietario, pero por lluvia, pedrisco, nieve, viento, robo... creo que un seguro no da cobertura a los vienes del inquilino.
Opinión como agente exclusivo y solo tengo conocimiento de los productos de la asegurador con la que colaboramos, quizás los libritos de otras digan otra cosa.
#22
Re: Responsabilidad Civil Imobiliaria del arrendador
Que habitualmente en locativa se de coberturas a agua, incendio y explosión no significa en absoluto que sean las únicas que se pueden dar ni mucho menos que se cubra a la recíproca solamente eso en la inmobiliaria.
Allá cada compañía con las dischosas cláusulas limitativas y delimitativas, es que por ahora no habéis planteado lo primordial y es de quién es la responsabilidad del mantenimiento del local que haya provocado esos daños, eso aparecerá en el contrato de arrendamiento y, en defecto, se acude a la Ley. Si realmente en este caso el responsable civil es el arrendador entonces es cuando vamos a la póliza y vemos limitaciones y exclusiones.
Personalmente puedo deciros que acabamos de liquidar un siniestro bastante parecido a un perjudicado y hemos rechazado los daños propios del arrendador Otro tramitador lo mismo lo había rechazado así que no me atrevo a decir otra compañía.
Allá cada compañía con las dischosas cláusulas limitativas y delimitativas, es que por ahora no habéis planteado lo primordial y es de quién es la responsabilidad del mantenimiento del local que haya provocado esos daños, eso aparecerá en el contrato de arrendamiento y, en defecto, se acude a la Ley. Si realmente en este caso el responsable civil es el arrendador entonces es cuando vamos a la póliza y vemos limitaciones y exclusiones.
Personalmente puedo deciros que acabamos de liquidar un siniestro bastante parecido a un perjudicado y hemos rechazado los daños propios del arrendador Otro tramitador lo mismo lo había rechazado así que no me atrevo a decir otra compañía.
#23
Re: Responsabilidad Civil Imobiliaria del arrendador
"No, es la definición de responsabilidad civil como propietario frente al inquilino. Que son los mismo que del inquilino frente al propietario". NO
Una es RC inmobiliaria y otra es RC Locativa
Una es RC inmobiliaria y otra es RC Locativa
Yo tengo mis dudas, que unas filtraciones producidas por lluvia, pedrisco o nieve, siendo un echo imprevisto y no existiendo falta de mantenimiento,
Un HECHO, imprevisto llover?
Lo imprevisto es que el Atleti gane la Liga.
"que el propietario de la nave sea responsable de los daños que cause este echo no lo tengo claro",
Este HECHO lo provoca la Propiedad de la nave.
"creo que un seguro no da cobertura a los vienes del inquilino".
La cobertura o no de los BIENES del inquilino dependerá de las Condiciones Generales del contrato, que no son iguales en todas las Cias. De ahí que preguntara al forero, cual era su Cia.
Un HECHO, imprevisto llover?
Lo imprevisto es que el Atleti gane la Liga.
"que el propietario de la nave sea responsable de los daños que cause este echo no lo tengo claro",
Este HECHO lo provoca la Propiedad de la nave.
"creo que un seguro no da cobertura a los vienes del inquilino".
La cobertura o no de los BIENES del inquilino dependerá de las Condiciones Generales del contrato, que no son iguales en todas las Cias. De ahí que preguntara al forero, cual era su Cia.
Opinión como agente exclusivo y solo tengo conocimiento (No hay mas preguntas Señoría).
#24