Hola Antoniokpa.
Las rentas vitalicias suelen contratarse en bancos, en el caso de mi tía fue en Caixabank porque allí tenía su dinero y no quería cambiar. Pregunta en varios, porque seguramente los hay mejores. También puede ser en aseguradoras como Mapfre, etc.
Si no recuerdo mal, tienes 6 meses desde la venta y tienes que contratar por el importe total de la venta del inmueble para que la desgravación se aplique a los 14000 que comentas. Si lo haces por la mitad, por ejemplo, solo se aplica la desgravación a la mitad de la ganancia patrimonial.
Tu madre puede ponerte a ti y/o a todos tus hermanos, si los tienes, o a quien ella quiera como beneficiarios y a su fallecimiento el beneficiario cobra el capital asegurado.
Si fuera la vivienda habitual, podría ser cualquier tipo de renta vitalicia, pero al ser segunda vivienda creo que debe ser la que va disminuyendo el 5%.Lo del 5% es que el primer año tu madre cobra una renta según el capital que ponga y el interés que te da el banco. Si fallece al año de contratar la renta vitalicia, el beneficiario no cobra todo el capital asegurado, sino el 95%. Si es a los dos años, el 90% y así hasta los 10 años o más que sería el 50%.
Además tu madre se beneficia de que al cobrar la renta solo tributaría en IRPF el 8% al tener edad avanzada.
Todo esto es la conclusión a la que yo llegué hace tiempo, puedo estar equivocado, o puede haber cambiado. Te diría que preguntes en varios bancos y si tienes un asesor fiscal que te aclare si realmente le conviene porque a lo mejor tampoco le sale tanto a pagar en IRPF o puede compensar con alguna perdida patrimonial que tuviera, etc
Si tienes más dudas, pregunta por si te puedo ayudar.
Saludos