Lo que yo venía a decir en mi anterior comentario es que esa documentación, que como dices es recomendable entregar a su aseguradora, el primer paso debería ser confirmar que es su aseguradora, o sea, que tiene cobertura para su reclamación, porque probablemente no es el tomador, no es el asegurado, y podría ni tener que estar declarado como conductor.
Hoy por hoy, el proceso es:
1º Hacer la reclamación una vez alcanzada la sanidad
2º La aseguradora que deba la indemnización hace la oferta
3º Se abren dos posibilidades:
a) se acepta, y se cobra. Fin.
b) no se acepta, y entonces vamos al paso del perito médico, o forense que paga la compañía
4º El perito da su valoración.
Por supuesto en cualquier momento del proceso se puede acudir a la vía judicial, pero desde la despenalización de este tipo de lesiones, es un procedimiento civil. O sea, no es rápido...