El subsidio se extingue por el incumplimiento del requisito de carencia de rentas durante más de doce meses seguidos.
Mientras mantenga en suspenso el subsidio, puede suscribir CE y en caso de extinción de aquel, lo mismo. Los plazos de suscripción, los comentados anteriormente, una vez se produzca la resolución administrativa de SEPE o en su caso, la resolución judicial que confirme dicha suspensión y/o extinción.