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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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#2056

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Si ese dinero lo va a tener que devolver ya no es un atraso sino una cantidad pagada incorrectamente que no se imputa a ningún mes.
Si supera rentas el mes anterior al reconocimiento del subsidio, ese subsidio estaría mal reconocido, se lo revocarían y obligarían a devolver todo lo cobrado.
Pero es algo improbable tratándose del IMV, puesto que la cantidad cobrada es de toda la familia, no sólo de un titular y por lo tanto debe dividirse entre el número de miembros de la familia. Sí una sola persona cobra 850,50 euros del IMV es que el INSS ha metido la pata de forma muy gorda.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#2057

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Gracias por tu respuesta amigo, mi unidad de convivencia es única, solo yo, y efectivamente el ingreso mínimo vital ha metido la pata, dándome en el mes de octubre de forma errónea unos atrasos que no pertenece , en suma total casi son tres mil euros, por eso doy por hecho de que se darán cuenta y me los harán devolver, ¿ qué sucedería en caso de que no me los reclamaran?, en la declaración anual de rentas que tendré que presentar el año que viene,  el SEPE va a tener acceso a mi declaración de la renta, donde lo cobrado del IMV ira al apartado "adecuación del impuesto a las circunstancias personales y familiares" casilla 511 a 520, pero aparecerá el mínimo de 5.550,00, ya que independientemente de lo que cobres del ingreso mínimo vital siempre aparece dicha cuantía, así que doy por hecho que el SEPE, aunque no se me reclamara por parte del ingreso mínimo vital dichos atrasos incorrectamente pagados, no "los vería", no? En cualquier caso si multiplicamos los 850 euros permitidos por 12 meses,  yo lo cobrado en totalidad de ingreso mínimo vital, incluidos esos atrasos incorrectamente pagados, no supero dicha cantidad, ¿me equivoco en algo compañero?, gracias de antemano 
#2058

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Yo creo que nadie ha metido la pata, se han equivocado y te han hecho un pago indebido.
Tu como ciudadano tienes que espontáneamente, devolverlo, pues no te corresponde, asi, sin mas.

#2059

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Eso es otro tema , y no responde las dudas que yo tengo, estoy hablando del SEPE, no del INSS, lo que yo planteo no tiene nada que ver con el INSS y el ingreso mínimo vital. Cuando hay pagos indebidos por ellos son ellos los que los reclaman, y los que lo deben de reclamar, exactamente igual que cuando hay un pago que el INSS no te paga, pero te lo debe, eres tú el que lo tienes que reclamar, esto último me ha pasado a mí dos veces , y he tenido que hacer una reclamación previa a la vía judicial ,para finalmente el INSS abonar las cantidades que me debían, si no no las hubieran pagado, aunque como digo el tema del INSS y el ingreso mínimo vital es una cosa, y lo que yo planteo y las dudas que tengo tienen que ver con el SEPE y el subsidio para mayores de 52 años.
Gracias por tu comentario.
#2060

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Si yo me encuentro en una situación así, a la hora de hacer la declaración de renta, declaro lo que efectivamente debí haber cobrado, es una declaración nos hacemos responsables de lo que pone en ese documento y no hay porque confirmar los datos fiscales si son erroneos.
En caso de que hacienda revise la declaración y pida documentación lo hará cuando ya esté todo devuelto al IMV y haya nuevos datos fiscales.
De lo contrario, a lo largo del año debería hacer una declaración de renta complementaria para arreglarlo, cuando el INSS le reclame lo cobrado de más.
Y esa declaración de renta mal hecha le puede suponer problemas con otros organismos como el SEPE, aunque si lo percibido por el IMV más otros ingresos, no supera 850,50 euros al mes tampoco existirá este problema.
Si no se lo llegan a reclamar, algo improbable, con el SEPE no tendrá problemas al no superar los 850,50 euros mensuales, con hacienda deberá ajustar tema de impuestos y probablemente pagar más y al año siguiente tendría una reducción del IMV al haber tenido más ingresos en la declaración de renta (y ahí deberían darse cuenta de lo que ha pasado si no se dan cuenta antes).
Los 5500 euros de mínimo personal nos salen a todos, cobremos el IMV o tengamos 1.000.000 de euros de ingreso, es la cantidad que para hacienda no paga impuestos en cualquier caso.

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