Para acceder al subsidio de mayores de 52 hay que cumplir una serie de requisitos
- 15 años cotizados a la seguridad social (cuenta todo, autónomos, general, agrícola...)
- 2 años cotizados en los últimos 15 (también cuenta todo)
- 6 años cotizados a desempleo (los autónomos no cotizan a desempleo, por lo que solo contaría agrícola y general)
- Tener una causa de acceso a un subsidio y permanecer inscrito como demandante de empleo hasta cumplir los 52 años. Causa de acceso a un subsidio (a grandes rasgos) puede ser terminar el paro,, o bien trabajar al menos 90 días a un régimen que cotice a desempleo (no cuenta autónomos) pero, a este respecto hay que aclarar que la cotización de contratos temporales al régimen agrario, aunque cotice al desempleo, no genera derecho a subsidios (nunca entendí porque, pero así viene en la Ley).
Por lo tanto si, descontando lo cotizado en el ´régimen agrario no llega a 90 días sin usar, habría que remontarse a otra causa de acceso anterior o sea a la última vez que cobró paro, un subsidio o terminó un contrato teniendo al menos 90 días cotizados al régimen general, cumplir los requisitos para el subsidio de mayores de 52 años en ese punto y permanecer inscrito como demandante de empleo desde ese momento hasta el cumplimiento de los 52 años.