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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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#44086

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

a mi tambien me pone al año .
No se en que se  basan.
un saludo y suerte
#44087

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Pero la duda es la coletilla de revisión por mejoría antes de los dos primeros años que no le lo pone.
#44088

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Si Karen, 545 o 546 si al mismo día y me llego dos veces.

#44089

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Eso es bueno 
#44090

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Gracias por los consejos, llevaré todos los informes. Y si es para el punto 2 Porque aún me sale solo el punto 1. Un saludo.
#44091

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Está gente se ve que cambia el protocolo cada dos por tres 
#44092

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

No entiendo muy bien lo que quieres decir.


#44093

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Buenas noches, tengo una pregunta difícil, la expongo:
Tengo 50  años y una IPT de septiembre de 2023, a los dos años el contrato con la empresa se extingue, y la pregunta es: puedo cobrar el paro ya que cobraría más, ya que con la IPT cobró el 55%?
#44094

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola Joaquin. He encontrado esto que igual te aclara un poco como está la legislación en este momento.
https://www.bufetetoro.com/incapacidad-permanente/indemnizacion/

En cuanto al paro, esto dice la seguridad social

En los supuestos en que estando incapacitado, el perceptor de una incapacidad permanente total pierda o se le suspenda un trabajo compatible con su situación de pensionista, tendrá derecho a percibir la prestación o subsidio por desempleo que le corresponda, además de la pensión

Pero entiendo que la primera obligación es buscarte un puesto adaptado, ya que la ipt es compatible con el trabajo en un puesto distinto y si no es posible tienen que formalizar el despido con su finiquito y ya acudir al SEPE. A ver qué dicen los compañeros que están más puestos en estos temas. 
#44095

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Creo que el paro que te quedará por el anterior trabajo se consume con la IPT, me pareció haber leído esto en algún sitio. 
Por tanto, es como te dice la compañera, tendrías que generar nuevo paro en un trabajo adaptado a tu IPT
Que me corrijan si no estoy en lo cierto los que más entienden 
#44096

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Pues que a unos le ponen la coletilla a otros no, a unos un año, a otros seis meses, a otros dos años.

Yo creo que va en función a funcionario que toque, su valoración de las patologías, si se va a recuperar en seis meses en un año o en dos años, la cuestión es intentar bajar la IP o enviarlo al trabajo de alguna manera.

O simplemente tenernos en vilo pensando si no la van a quitar o no la van a bajar. 

Es solo mi opinión, pero es que aquí se ven cosas más raras
#44097

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola Joaquín, desde el momento que te concedieron la IPT y la empezaste a cobrar todo el tiempo que tenías acumulado de paro desapareció.
El contador de días acumulados para el paro es cero, la única manera, con 50 años, y si tus dolencias te lo permiten, de ganar más dinero ahora mismo es buscarte un trabajo compatible con la IPT, aunque sea media jornada. Todo el tiempo que acumules trabando ahora con la IPT si se va acumulando para el paro. 

La verdad es que la salud es la que es y no se puede hacer mucho más pero cuando tienes una base reguladora media o baja y menos de 55 años, las pensiones que quedan con el 55% son muy bajas para lo cara que está la vida.
Un saludo 
#44098

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Vaya eso no lo sabía. Gracias por la aclaración 
#44099

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Es lo mismo que el texto que has puesto en el anterior mensaje en negrita, el texto que has puesto dice que si trabajas con la IPT todo el tiempo que trabajes vas generando derecho a paro, y si i te despiden, se acaba el contrato, etc puedes cobrar a la vez ese paro generado con la IPT.

Lo que ya no puedes cobrar nunca es el paro que tenías acumulado cuando te concedieron la IPT y empezaste a cobrarla, eso se perdió.

Un saludo y buenos días 🥱
#44100

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Pues mira, yo tengo una IPT y hasta ahora pagaba el minimo, unos 8€ y pico, pues este mes al ir a buscar la medicacion me salió exento de pago y entrando en mi salud, soy de Sabadell, me sale exento de pago con medicación ilimitada....tampoco entiendo nada.