Pues si no existen seguros, tendrá que ser el propietario quien sufrague todos los daños, todos sus daños. Ya sean en el piso que tu ocupas o en el que ocupa tu vecino (ocupar no de okupar).
Y ni eso.
Lo que indicas es si la aseguradora quiere, o como dice Asesor, si eres buen cliente. Pero uno que se hace una hipoteca y que la quita y que se hace la hipoteca con otro.? Pues a pagar y en derecho llevan la razón. Y no he dicho en justicia, he dicho en derecho.
Pues yo creo que os equivocáis.
Si el pago es aplazado, ese pago debe realizarse de todas formas.
El recibo del seguro es uno y anual. La forma de pago es otra cosa.
Respuesta:
Ni te molestes.
Y ahora mi desahogo.
Hazle el favor de decirles que te llamas Francisco Rivera Ordoñez y mándale el DNI que te apetezca y si insisten, pues le dices que ya no te llamas Rivera, sino Ribero, que ahora has cambiado de sexo.
Manda cojones.
Si se ponen muy pesados, 1º.- los mandas a tomar....
y después si insisten, los denuncias.
Con ánimo de polemizar
¿Quién le dice al Policía quien ha sido el primero en llegar? No puede decir el contrario que has sido tú quien se ha pegado en exceso?
No te alteres, que no llevas razón.
El seguro tendrá que reparar cuando pueda reparar y le corresponda.
La reparación de la avería del piso superior, no es solo que no le corresponda, es que LEGALMENTE NO PUEDE REPARAR.
o tu permitirías que un extraño, sin tu autorización previa, entrara a la vivienda e hiciera lo que estimase oportuno?
Es que poner el intermitente, no da prioridad ninguna.
Si el contrario ya había realizado la maniobra de adelantamiento la culpa es tuya. Y si te dio en la puerta, ya te aseguro que estaba mas que adelantando.