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Enasua 03/04/25 20:42
Ha respondido al tema Ganancia patrimonial
Sí a todo, excepto el gasto de la factura del Registro de la Propiedad, que se aplicará en otra proporción que el resto porque sólo se registran los inmuebles.
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Enasua 03/04/25 18:47
Ha respondido al tema Atrasos salariales cobrados por sentencia judicial no salen en el borrador
No es el mismo caso. Para empezar, si te los pagaron en 2024, es que no fue por sentencia, sino por resolución administrativa. Eso hay que declararlo en sus años de devengo, haciendo complementaria de cada ejercicio. Y no hay irregularidad.Como 2016 y 2017 no pueden hacerse a través de internet, tienes que registrar el documento de Seguridad Social en que te indican los importes de cada año, y solicitar que te hagan las complementarias en la Administración.
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Enasua 03/04/25 16:40
Ha respondido al tema Declaración Renta 2024
¿Te ha pagado? La obligación de retener surge con el pago. Es decir: si te ha pagado esa factura, pero él no ha ingresado las retenciones en el Tesoro, lo has hecho bien y, aunque te requieran (que lo dudo, por ese pequeño importe), puedes justificar lo declarado con la factura y el justificante de cobro.Si no te ha pagado, no ha nacido la obligación de retener, no tienes derecho a aplicar la retención. 
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Enasua 03/04/25 15:08
Ha respondido al tema Renta 2014 - Pias, Seguro vida y Hogar
Esa casilla tendrás que rellenarla cuando recuperes el plan de ahorro, si es que los rendimientos no están exentos. Mientras sólo hagas ingresos, no tienes que pagar impuestos por ello.No existe deducción alguna por hacer aportaciones a un PIAS.Respecto a los seguros... Si compraste tu vivienda antes de 2013 y estás aplicando la deducción por inversión en vivienda habitual por los pagos realizados a un préstamo contratado para financiar su importe de compra, puedes deducir la parte del seguro de hogar que cubre el riesgo de incendios. El resto del seguro de hogar, y el de vida, sólo son deducibles si, en la escritura del préstamo hipotecario, consta expresamente que su contratación es requisito sine qua non para que te concedan la hipoteca (ojo: si su contratación sólo es necesaria para que te den un tipo más reducido, no; tiene que ser requisito sin el que no se te concede hipoteca alguna).Si la compra es posterior a 2013, ya no existe está deducción.Pero revisa las deducciones autonómicas de tu Comunidad, a ver si hay alguna donde puedas deducir esos gastos.
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Enasua 03/04/25 09:32
Ha respondido al tema Declaración de la Renta 2023-2024 - Hacienda
Me gustaría no contestarte, puesto que yo entro a Rankia a ayudar, a resolver dudas, y no a discutir, pero el problema es que tú no expresaste una opinión, al contestar a la señora que hizo la consulta, sino que diste una respuesta, de manera contundente, además ("obviamente tiene que ser declaración conjunta...") completamente errónea que puede llevar a esa señora, y a otros que te lean, a perder dinero, si te hacen caso y creen que sabes de lo que hablas. Por eso no tengo más remedio que contestarte, para aclararle a otros foreros el tema que tú estás diciendo erróneamente.Cada uno va de lo que es. Tú, por ejemplo, vas de maleducada, puesto que has escrito un post completo intentando descalificarme, de prepotente, porque te molesta que te digan que estás usando términos desactualizados y te niegas a reconocer que no tienes razón, y de ignorante, puesto que te empecinas en repetir una y otra vez el mismo mantra erróneo.NO ES NECESARIO REALIZAR TRIBUTACIÓN CONJUNTA PARA TENER DERECHO A APLICAR LA DEDUCCIÓN POR CÓNYUGE DISCAPACITADO A CARGO.Se puede solicitar aunque hagas declaración individual. Los requisitos de esta deducción están en el artículo 81 bis Ley 35 / 2006 , de 28 de noviembre de 2006, del IRPF. También puedes comprobar lo que dice, al respecto, la Dirección General de Tributos, por ejemplo en la Consulta Vinculante de la D.G.T. V1114-23, de 4 de mayo de 2023.Cuando uno no sabe de algo, lo mejor es callarse. Y, si habla y le rebaten, en lugar de contestar atacando a quien lo hace (en el primer post que me dirigiste me acusaste de no saber lo que digo y de mezclar conceptos; en este segundo, de ignorante y de que no me informo antes de escribir), hay que agachar las orejas y reconocer el error.Por cierto, voy a reportar tu comentario a los administradores y a bloquearte. Es la primera vez que tengo que hacer algo así, y mira que llevo tiempo en Rankia. Pero no estoy para soportar maltratos.
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Enasua 02/04/25 20:38
Ha respondido al tema Declaración Renta 2024
Puede que ya, antes de aplicar la deducción, te devuelvan todas las retenciones. Si ya te lo han devuelto todo, aunque tengas derecho a muchas deducciones, no pueden devolverte nada más.
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