Las cotizaciones de un trabajador por cuenta ajena, no se ven afectadas si el empresario no las ha pagado, lo importante es que esté dado de alta.Al trabajador le constaran como cotizadas, ya se encargará la tesorería de la seguridad social de reclamarlas al empresario.
Hola.La falta de cotización sería que no se ha cotizado, por no estar de alta.Descubiertos sería por qué no se ha pagado la cotización, estando de alta.
Mírate el siguiente enlace por si te puede aclarar algo.https://www.jubilaciondefuturo.es/es/blog/la-retribucion-en-especie-cotiza-a-la-seguridad-social.html