Jag65
12/11/24 22:34
Ha respondido al tema Comisiones cuenta pago hipoteca Caixabank
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Hola a todos, os copio carta con resolución de Caixabank e importes a devolver.¿Qué dice el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) yel Tribunal Supremo (TS) sobre la cláusula de gastos en caso deser declarada nula y expulsarse del contrato?El TJUE, en sentencia de 16 de Julio de 2020, y el TS, sentencia de 24 de juliode 2020, coinciden en que:a. “el hecho de que deba entenderse que una cláusula contractualdeclarada abusiva nunca ha existido justifica la aplicación de lasdisposiciones de derecho nacional que puedan regular el reparto de losgastos de constitución y cancelación de hipoteca en defecto de acuerdoentre las partes.”b. “si estas disposiciones hacen recaer sobre el prestatario la totalidad ouna parte de estos gastos, ni el artículo 6, apartado 1, ni el artículo 7,apartado 1, de la Directiva 93/13 se oponen a que se niegue al consumidorla restitución de la parte de dichos gastos que él mismo deba soportar.”Así mismo, y en relación con los gastos de gestoría, la STS de 26 de octubre de2020, señala:c. “con anterioridad a la Ley 5/2019, de 15 de marzo, de Contratos deCrédito Inmobiliario, no existía ninguna previsión normativa sobre cómodebían abonarse esos gastos de gestoría. En esa situación, ante la faltade una norma nacional aplicable en defecto de pacto que impusiera alprestatario el pago de la totalidad o de una parte de esos gastos, no cabíanegar al consumidor la devolución de las cantidades abonadas en virtudde la cláusula que se ha declarado abusiva.”Y finalmente, con relación a los gastos de tasación devengados, la STS de 27de enero de 2021 dice:“Ni el Real decreto 775/1997, de 30 de mayo, sobre régimen jurídico dehomologación de los servicios y sociedades de tasación, ni la OrdenECO/805/2003, de 27 de marzo, sobre normas de valoración de bienesinmuebles, contienen disposición normativa alguna sobre quién debe hacersecargo del coste de la tasación. De ahí que, de acuerdo con la STJUE de 16 dejulio de 2020, ante la falta de una norma nacional aplicable en defecto de pactoque impusiera al prestatario el pago de la totalidad o de una parte de esosgastos, no cabía negar al consumidor la devolución de las cantidades abonadasen virtud de la cláusula que se ha declarado abusiva. Cuando resulte aplicablela Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de créditoinmobiliario, los gastos de tasación corresponderán al prestatario.”Con base en estas directrices del TJUE, el TS ha concluido en la citadasentencia que “una vez declarada nula y dejada sin efecto por abusiva lacláusula que atribuía todos los gastos al prestatario consumidor, el tribunaldebía entrar a analizar a quién, con arreglo a las reglas legales yreglamentarias, correspondía satisfacer cada uno de los gastos cuestionados”.A continuación, le ampliamos el detalle de la atribución de gastos según lanormativa vigente en el momento de la firma del contrato, acorde con la doctrinadel TJUE y el TS.Por tanto ¿cuál es la distribución de gastos conforme a lasreglas legales y reglamentarias?Conforme la combinación coherente de las Sentencias del Tribunal Supremo de23 de enero de 2019, 24 de julio de 2020 y 26 de octubre de 2020 y 27 de enerode 2021, la distribución de la asunción de los gastos, conforme a las reglaslegales y reglamentarias aplicables al momento de contratar, queda establecidade la siguiente manera:Arancel registral por la inscripción de la garantía hipotecaria: bancoprestamista.Gastos de gestoría: banco prestamista.Arancel notarial de la escritura de constitución de la operaciónhipotecaria: por mitades.Gastos de tasación: banco prestamistaImpuesto de Actos Jurídicos Documentados: prestatario.Gastos derivados de la cancelación de la hipoteca: prestatario.Resolución de la reclamaciónUna vez efectuadas las gestiones detalladas, nos complace comunicarle quehemos resuelto estimar parcialmente la reclamación, y procederemos aabonar los importes correspondientes en la cuenta no xxxxxxxxxx, de acuerdocon el reparto especificado en el apartado anterior.Detalle de los importes que se abonaran:Gastos de Gestoría 192,81 €Gastos de Notaría 247,01 €Gastos de Registro 111,98 €