A efectos de Hacienda, en el muy improbable caso que indagara (por no ser una cantidad especialmente llamativa), con esa explicación sigue siendo una donación.
Esto de pedir AL DETALLE mil datos personales es claramente un abuso. Un simple certificado de la empresa justifica la relación laboral y el origen de los ingresos.Que la administración lo tolere y alegremente disponga normas incoherentes es otro asunto.
Con la factura indicando nombres y nif del beneficario y la empresa vendedora, sellada, FIRMADA i el sello de PAGADO o COBRADO debería bastar. Son muy exigentes con esas formalidades en la factura. El resto de papeles jamás me los han pedido en Barcelona.
Un IBAN cancelado no puede ser reutilizado. No es un número de teléfono.El redireccionamiento suele funcionar ... hasta que falle por alguna modificación de sus protocolos
El banco puede decir misa.Si no ha habido impagados, aplazamientos, refinanciaciones, ampliación del plazo por recálculo por revisión del TIN o carencias se acabó de pagar en febrero pasado. En el último recibo debería salir ya la deuda cero. Lo más efectivo es ver los recibos para localizar desde cuando se altera la cuota prevista y actuar en consecuencia