Buenos días y bienvenido a Rankia, Entiendo que con tu pregunta quieres decir que has presentado el borrador de la declaración de la renta y quieres saber si ha cambiado la fecha en el proceso de tramitación. Si la pregunta va por ese camino, puedo decirte mi experiencia. A mi me aparece en trámite desde ayer (día en el que modifiqué y acepté mi borrador). Si no va por ese camino la pregunta, dímelo. Saludos.
Buenos días y bienvenido a Rankia,
En la declaración de la renta han de ponerse las plusvalías o minusvalías de la cual dan cumplida información los brokers. Si no quieres poner todas y cada una de las operaciones y sus resultados, adjunta el resumen de la informacion fiscal que te proporciona tu broker, quedándote copia de ella. Las garantías no hay que ponerlas en la declaración, solamente el resultado de la operación.
Según establece el artículo 34 de la Ley del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, las plusvalías o minusvalías procedentes de futuros bursátiles tienen que declararse en el apartado de ganancias y pérdidas patrimoniales.Te dejo tres hilos de foro de Rankia donde también se preguntan dudas sobre la fiscalidad de los futuros que te pueda interesar:
Duda Fiscalidad Futuros
Fiscalidad futuros sobre indices y generacion de minusvalias
Fondos y fiscalidad con Futuros, CFDs, etc
Un saludo.
Buenos días y bienvenido a Rankia,
Así es, vuestro caso se trataría de una donación y por tanto tenéis que declararla bajo el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. La liquidación puede varíar en función de la Comunidad Autónoma, en tu caso en Cataluña.
En el siguiente post puedes comprobar el importe a liquidir por esta donación, además de información sobre el Impuesto de Sucesiones y Donaciones: ¿Qué impuesto debo pagar por recibir una donación?, también te dejo información sobre el ISD en Cataluña: Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones: Cataluña
Un saludo.
Bienvenido a Rankia, Existen tres tipos de operaciones intracomunitarias: Entregas intracomunitarias: es la exportación o venta de bienes o mercancías que se transportan desde España a otros países de la UE. En estas operaciones intracomunitarias no es necesario repercutir ningún IVA en la factura. Prestación o venta de servicios a clientes de otros países de la UE tampoco está sujeta al IVA, por lo que no es necesario repercutir ningún IVA en la factura. Adquisiciones intracomunitarias: es la importación o compra de bienes o mercancías de otros países de la UE, así como la prestación o compra de servicios, estas actividades sí que están sujetas al IVA pero mediante un mecanismo de “autoliquidación” por el cual se contabiliza la operación como mayor IVA soportado e IVA repercutido. De todas formas, este tipo de operaciones conllevan cierto grado de complejidad, por lo que te recomiendo consultarlo con tu asesor fiscal para que no exista ningún tipo de problema. Te remito a otros foros de Rankia donde se habla sobre el asunto, a ver si se pueden resolver mejor tus dudas: IVA intracomunitario Ventas on-line - IVA intracomunitario IVA intracomunitario en un vehiculo aleman Compras intracomunitarias sin ser todavía Operador Iva entre paises de la comunidad europea Compras en España y ventas intracomunitarias Un saludo.
Bienvenido a Rankia,
La venta de objetos personales de segunda mano no se consideraría como actividad económica, pero si se trata de una variación de los bienes patrimoniales y por tanto en la declaración de la renta tendrás que declararlo en el apartado resto de ganancias y pérdidas patrimoniales por la diferencia entre el precio de venta y el valor de adquisición.
Un saludo
Buenas tardes y bienvenida a Rankia.
Como sabemos, las donaciones tributan en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones y afectará tanto a quien recibe la donación como a quien la hace.
Cesión de una parte a otra o la disposición gratuita de una persona a otra de bienes inmobiliarios, acciones, capital y en términos generales cualquier bien que se nos pueda ocurrir y que sea computable como un aumento patrimonial
Esa es la definición de donación, están reguladas en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
El importe a pagar dependerá de la cantidad y el tipo de donación, te dejo un post que te interesará y podrás saber cuánto ha de pagar tu novio: ¿Qué impuesto debo pagar por recibir una donación?
Un saludo.
Buenas tardes y bienvenido a Rankia.
Las dietas tributan como rendimientos del trabajo, el artículo 17. de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas dice:
Se considerarán rendimientos íntegros del trabajo todas las contraprestaciones o utilidades, cualquiera que sea su denominación o naturaleza, dinerarias o en especie, que deriven, directa o indirectamente, del trabajo personal o de la relación laboral o estatutaria y no tengan el carácter de rendimientos de actividades económicas
Las dietas estarán extentas de tributación siempre y cuando lo pagos pretendan compensar gastos que se producen por motivos laborales, y se establecen unos mínimos:
Si el desplazamiento es en España: cuando pernocte serán 53,34€ y cuando no 26,67€
Si el desplazamieno es en el extranjeto: cuando pernocte serán 91,35€ y cuando no 48,08€
Si el importe de las dietas como compensación de gastos por motivos laborales sobrepasen este valor sí tributarán.
Un saludo.
Buenos días y bienvenida a Rankia,
Te dejo dos artículos donde se habla cómo rellenar el modelo 303 y el modelo 390 de IVA que te pueden interesar. Los gastos que comentas no has de incluirlos en la declaración del IVA, los incluirás en la declaración de la renta.
El modelo 390 del IVA
Cómo rellenar el modelo 303
Un saludo,
Buenos días,
Los jubilados que en su día trabajaron en un país extranjero y ahora cobra una pensión de ese país deben declararla al IRPF en concepto de rendimientos del trabajo
La ley dice:
Los contribuyentes que residen en España deben declarar en su IRPF por su renta mundial, con independencia de la procedencia de sus ingresos.
Aunque, puede ser el caso de que tu padre no llegue al mínimo para hacer la declaración de la renta, para un jubilado español si los ingresos no sobrepasan los 22.000€ no tiene obligación de presentar la declaración de la renta, pero, si cobra otra pensión por haber cotizado en el extranjero, el límite para no presentar el IRPF baja a 11.200 euros anuales de ingresos. Por lo datos que has dado, tu padre sí está obligado a presentar la declaración de la renta.
Un saludo.