Buenas tardes, te adjunto algunos hilos de este mismo foro en el que se ha tratado este tema: Pago trienios correspondientes a los años 2005;2006,2007,2008... Trienios en sentencia. complementarias Un saludo.
Eso lo tienes que hablar tú con ellos, lo único que te puedo decir es que utilices el Servicio de Cálculo de Retenciones de la Agencia Tributaria con el que podrás calcular el porcentaje de retención que se corresponde con tus rendimientos. Un saludo
Buenas tardes, los contribuyentes que únicamente obtengan rendimientos del trabajo procedentes de un único pagador, están obligados a presentar la Declaración de la Renta si dichos rendimientos íntegros del trabajo superan los 22.000 euros. En este enlace se trata el tema con mayor profundidad: Declaración de la Renta: Preguntas Frecuentes Un saludo.
Buenas tardes, para poder aplicarse la deducción por inversión en vivienda habitual se debía haber comprado la vivienda habitual y haberse deducido las cantidades correspondientes antes del 1 de enero de 2013. Si en 2014 te cambias de vivienda habitual, no podrás aplicarte la deducción, pero cuando vuelva a ser tu vivienda habitual podrás volver a deducirte las cantidades que correspondan, ya que se cumplirán los requisitos necesarios. Un saludo.
Si, se podrán compensar con las ganancias patrimoniales que se integren en la venta del ahorro de los 4 años siguientes, es decir, las que se adquirieron con más de 1 año de antelación. Te adjunto una imagen, espero que te sirva de ayuda: Un saludo.
Buenos días, Debes incluirlo en la casilla 023 del Programa Padre. Cuando introduces los datos debes indicar "Tipo de rendimiento: 1" e introducir el importe íntegro, así el programa padre te resta directamente los primeros 1.500 euros que se encuentran exentos. Un saludo.
Buenos días, ¿estás seguro de que puedes compensar las pérdidas de ejercicios anteriores con rendimientos del capital mobiliario? Ten en cuenta que estamos hablando de renta del ahorro, yo creo que las pérdidas patrimoniales, únicamente se pueden compensar con ganancias patrimoniales. Respecto a lo de los 4 años, sí que es así, las pérdidas patrimoniales de 2012 las puedes compensar durante los años 2013, 2014, 2015 y 2016. Por cada acción que se posee, también se posee el correspondiente derecho de suscripción, así que dependerá del número de derechos que hayas vendido. Un saludo.
Buenos días, ¿Cuándo se convirtieron los bonos en acciones? Si la conversión se realizó antes de 2013, sólo deberías incluir en la Declaración de la renta 2013 los intereses recibidos. Si la conversión se realizó en 2013, además tendrás que incluir el efecto de dicha conversión en la declaración. Un saludo.
Buenos días, Los gastos inherentes a la compra se consideran mayor precio de adquisición y los gastos inherentes a la venta se consideran menor precio de venta. El tratamiento es el mismo haya ganancias o pérdidas. Por lo que en el primer ejemplo, se te quedaría: P. Adquisición = 5.010€ P. Venta = 5.990€ Plusvalía = 980€ Para el análisis de las posiciones cortas o largas, te invito a que le eches un vistazo a este artículo a ver si te ayuda: Fiscalidad de los CFDs Un saludo.