En el caso de (intentar) realizar la baja presentando un escrito por duplicado en una oficina física de no poder acudir el titular del contrato (por el tema covid) supongo que que será necesaria una autorización suya.¿Alguna cosa más haría falta?
¿Realizar una baja temporal del vehículo además de eliminar temporalmente el impuesto de circulación tiene alguna consecuencia más?Quiero decir que se da de baja el vehículo (aparcando previamente el coche en el garage) y después se da de baja el seguro.Está claro que el coche no se puede mover para nada y (supongo) que el impuesto de circulación desaparece temporalmente.¿Tráfico precinta físicamente el coche o algo por el estilo?¿Se me escapa alguna cosa más?
Sugieres entonces que espere a (entre 1 y 2 meses) de que vaya a finalizar la actual póliza.En cualquier caso no me parece lógico que me obliguen a justificar el motivo de la baja del seguro.
Sigo recopilando información al respecto.Aunque la ley diga lo contrario es factible dar de baja el seguro y dejarlo (de forma temporal) en la cochera.En Mapfre es posible entrar en el "Area de Clientes" y desde allí tramitar la baja.Al parecer Mapfre envía por correo electrónico un justificante de la baja.¿Alguna experiencia la respecto?
Como bien dices eso dice la ley, pero otra cosa es la práctica.Por no hablar de que el seguro no creo que pueda negarse a una baja...En España se calcula que ahora mismo hay 2 millones de coche sin seguro, con lo cual es posible darlos de baja; con independencia de lo que diga la ley.
El motivo de la baja es que no le renuevan (la última vez le pusieron muchas pegas y se abstiene de conducir) el permiso de conducir.Le quedan 6 meses de seguro (ya pagado) pero eso ya se da por perdido.De momento no va a deshacerse del vehículo y lo dejará aparcado en el garaje; cosa que al seguro no ha de importarle mi preocuparle.¿Lo que escribo es factible?¿Habría alguna forma de que le devuelvan la parte proporcional del seguro?