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Participaciones del usuario Monillo - Bolsa

Monillo 28/12/23 22:13
Ha respondido al tema Seguimiento y opiniones de Trade Republic
Yo tengo el programa Día a Día y no me cobran ni mantenimiento ni transferencias internacionales.Ese programa es el de tener la nómina o pensión y 3 recibos. https://www.caixabank.es/particular/cuentas-programa-dia-a-dia.htmlEn teoría, si tienes domiciliada la nómina en un banco, eso ya es justificación de tener ingresos y no te daría la lata con justificar transferencias recibidas.
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Monillo 28/12/23 21:47
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Yo uso Caixa de nodriza de todos y se traga lo que le echen sin decir nada.¿ING recibir del extranjero y encima de una cuenta colectiva de la que no eres titular? Ve rezando el rosario.
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Monillo 28/12/23 11:41
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Así es. En el 720 presentan las sociedades (matrimonio en gananciales):- Mujer: Obligada a presentar mod 720 poniéndose titular de su cuenta con 45k al 100% y "Otras formas de titularidad real" 45k al 50% de la tuya.- Tú: Obligado a presentar mod 720 poniéndote titular de tu cuenta con 45k al 100% y "Otras formas de titularidad real" 45k al 50% de la de ella.
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Monillo 28/12/23 11:15
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Casados con separación de bienes es como si fueran solteros para el modelo 720.En cambio, los casados con separación de bienes pueden hacer declaración de la renta conjunta, si quieren. 
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Monillo 28/12/23 06:54
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La declaracion de la renta se hace por persona física.El modelo 720 se hace por sociedad. Si estás casado en gananciales, los cónyuges son propietarios de las 2 cuentas de Trade sin importar la titularidad. Si un cónyuge tiene 30k en el extranjero sólo a su nombre y el otro otros 30k en el extranjero sólo a su nombre, están obligados los 2 cónyuges a presentar cada uno su modelo 720.- Si los 2 son titulares de una cuenta conjunta, se presentan 2 declaraciones y cada uno declara con clave de condición del declarante "1 Titular" todo el saldo al 50%.- Si sólo uno es titular, éste declara con clave de condición del declarante "1 Titular" todo el saldo al 100% y el cónyuge no titular declara con clave de condición del declarante "8 Otras formas de titularidad real...", en "Tipo de titularidad sobre el bien o derecho" pone GANANCIALES y pone todo el saldo al 50%.Quedarían las 2 presentaciones del mod 720:- Cónyuge 1: clave "1 Titular" todo el saldo al 100% y clave "8 Otras..." para la cuenta de la que no sea titular formal con todo el saldo al 50%.- Cónyuge 2: clave "1 Titular" todo el saldo al 100% y clave "8 Otras..." para la cuenta de la que no sea titular formal con todo el saldo al 50%.
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Monillo 27/12/23 17:28
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Cierto. Ya no me acordaba que lo dijo. Está obligado a declarar por perdidas patrimoniales mayores de 500€ anuales. Así que tiene que presentar la renta poniendo la pérdida patrimonial  y los intereses de Trade en el ejercicio 2023 (del 1ene23 al 31dic23).
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