Acceder

Participaciones del usuario Monillo - Fiscalidad

Monillo 21/06/24 09:14
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
"Hacienda recalcula y si te sigue saliendo a pagar pues no hay liquidación y si te sale a devolver pues perfecto."- Si no se presentó la declaración y salía a pagar, la AEAT recalcula y si sale a pagar, no presenta la declaración. Si sale a devolver, la presenta.- Si se presentó declaración y salía a pagar, la AEAT recalcula y si de nuevo sale a pagar (ahora menos), la AEAT devuelve la diferencia.Lo que la AEAT devuelve es la diferencia entre las 2 declaraciones (antigua y recalculada).
Ir a respuesta
Monillo 20/06/24 20:54
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Creo que no hace falta que hagas la complementaria. Cuando revisen las declaraciones de 2019-2022 te revisarán también la de 2023. Estáte pendiente y si no la revisan entonces presentas complementaria pero tengo entendido que si aparece la DT2 tras presentar la renta 2023, el formulario se aplica también a la de 2023 y la rectifican.
Ir a respuesta
Monillo 17/06/24 18:35
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Los intereses de demora sobre la DT 2ª sólo se aplican a la parte que se ingresó en la AEAT. A la parte que sean retenciones no se aplican intereses de demora. Este otro motivo también puede hacer que se devuelva en 2 partes porque sólo una de ellas lleva intereses de demora.No lo sé con seguridad. Aparte de lo anterior, puede ser también como dices por haber pagado en 2 plazos ya que si es a pagar cada plazo lleva unos intereses de demora distintos.
Ir a respuesta