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Letras tesoro irpf - Declaración de la Renta
No se entiende bien lo que preguntas.1.- Las letras no tienen retención por parte del pagador.2.- En el borrador sólo se ve lo que ya te vendrá en la casilla 30, bruto y gastos.
y fuera de ella los rendimientos netos.
Creo que preguntas por la cuota tributaria de las letras. Eso no se puede ver. Los rendimientos del capital mobiliario en conjunto, casilla 0041, tributan al 19% en las casillas 0536 y 0537.En resumen, pagas el 19% a la AEAT de lo que hayas ganado de las letras.
Monillo07/04/25 21:59
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Complemento de maternidad
@marentes89
- Aunque ya sé que el complemento de maternidad para padres cobrado en el ejercicio 2024 como atrasos de 2019-2023 implica hacer complementarias de todos esos años, te ruego me lo confirmes.- También que me confirmes si estos atrasos para un pensionista de jubilación se consideran un segundo pagador. He comprobado que el NIF pagador del atraso es el mismo que el de la pensión de jubilación por lo que intuyo que no es otro pagador.- Y por último que me confirmes que aunque del ejercicio 2019 hace más de 5 años, sigue vigente la obligación de hacer complementaria de 2019 y el plazo de todas las complementarias finaliza el 25 de junio de 2025.
Aunque no es de este hilo, aprovecho para preguntar por un contribuyente no obligado a presentar la renta. Supongamos que lo único que tiene es una pensión de 17.000€ y lo nuevo, en los datos fiscales aparece que ha vendido unas acciones del Santander por unos 70€ brutos. No recuerda el precio de compra o si fueron de esas regaladas del banco. ¿La venta de acciones con ganancia patrimonial sin retención por sólo 70€ obliga a declarar? He leído que sí porque al ser ingresos sin retención se aplica la 2ª regla que indica que declaran todos los que pasen de 1.000 brutos anuales incluyento todas las rentas, en este caso, pensión + venta acciones serían 17.070€. Necesito que me lo confirmes.
Monillo03/04/25 08:50
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Dudas borrador renta 2024
Y otra cosilla sobre la venta de esas acciones de mi amigo:
¿Esto obliga a declarar?Yo entiendo que una venta de acciones es una ganancia patrimonial sin retención. Al ser ingresos sin retención no se aplica la regla 1ª de no obligación de declarar por trabajo <22k, mobiliario <1600 ni inmobiliario <1000, sino que se pasa a la 2ª regla de no obligado a declarar si <1000 pero por todo los ingresos sumados. Como casi todo el mundo gana más de 1000€ al año (por ejemplo del trabajo) pues obliga a declarar a casi todo el mundo por vender acciones.
https://www.impuestosparaandarporcasa.es/obligaciones-fiscales/quien-no-esta-obligado-a-declarar/
Monillo02/04/25 17:46
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Dudas borrador renta 2024
Perfecto. Muchísimas gracias.
Monillo02/04/25 17:07
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Dudas borrador renta 2024
Lo siento pero con el "Sí" me quedo 😵.¿En conjunto de todos los titulares o dividido entre los 2 titulares?Gracias.
Monillo02/04/25 16:58
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Datos Fiscales 2024
@guillermotell
Tengo una pregunta muy sencilla. Matrimonio ganancial y aparece esto mismo a cada titular:
¿Los importes de venta de acciones de 2 titulares que aparecen en los datos fiscales del ejercicio 2024 están ya divididos por titular o son sin dividir en conjunto de los 2 titulares?Sé que las cuentas bancarias y préstamos hipotecarios son por cada titular.
Monillo02/04/25 14:35
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Dudas borrador renta 2024
Pues yo tengo una preguntita. En estos datos fiscales del ejercicio 2024 y que aparecen en el otro titular las mismas cantidades: Cuando son cuentas bancarias o préstamos hipotecarios los importes vienen ya divididos. ¿El importe de la venta es de las acciones o dicho importe está ya dividido entre los 2 titulares?
Monillo02/04/25 06:41
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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
¿Para qué sirve el botón "Mostrar información"? No hace nada.
Monillo01/04/25 19:45
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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
"Dejó sin efecto las solicitudes"."Presentar un nuevo formulario de solicitud".Pues no presentes el nuevo formulario si ya presentaste en 2024 el anterior.Verás que gracia te hace después.
Monillo01/04/25 19:40
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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF