Seguimos con la defensa de quienes tenían acciones y otros productos de capital del Banco Popular y antes del Banco Pastor; en otras entradas anteriores del blog ya di cuenta de algunos casos ganados de acciones en los Juzgados y en la Audiencia Provincial y de obligaciones subordinadas, e incluso de obligaciones convertibles ya de antes de la intervención del Banco; y de las dificultades que han surgido por una sentencia del Tribunal Supremo y otras sentencias y un acuerdo de la Audiencia Provincial de Oviedo. Ahora publico las sentencias conseguidas en los últimos meses, con otros muchos procedimientos en trámite:
-Sentencia de 2 de enero de 2020 del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Siero que anula la compra de derechos y acciones en la ampliación de capital del Banco Popular de 2016, por importe de 20.239 euros.
-Sentencia de 29 de octubre de 2019 del Juzgado de 1ª Instancia nº 10 de Oviedo que anula la compra de acciones del Banco Popular en la ampliación de capital de 2016 y condena al Banco a indemnizar por las pérdidas derivadas de la compra de participaciones preferentes y de obligaciones convertibles del Banco Pastor, por un importe global de 46.860 €. También denegó la petición principal de anular las compras de participaciones preferentes y de obligaciones convertibles y la de compra de acciones en la ampliación de capital de 2012. Esta desestimación está recurrida ya que el informe pericial de los técnicos del Banco de España y otros documentos prueban que el Banco Popular ya tenía alterada su contabilidad desde el inicio de la crisis y hay prueba también de que el Banco Pastor también lo hacía.
-Sentencia del 12 de julio de 2019 del Juzgado de 1ª Instancia nº 6 de Gijón que anula la compra de acciones del Banco Popular en la ampliación de capital de 2016, 8.177 euros; y desestima la anulación de otra compra de acciones en Bolsa en razón de la doctrina establecida por el Tribunal Supremo. Se ha recurrido esta desestimación con petición de que se plantee cuestión prejudicial ante el TJUE porque la doctrina del TS no respeta la del TJUE.
-Sentencia de 28 de junio de 2019 de la Audiencia Provincial de Gijón que anula la compra de derechos y acciones del Banco Popular en la ampliación de capital de 2016, 23.750 euros. Es firme.
-Sentencia de 24 de mayo de 2019 del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Mondoñedo que anula la compra de derechos y acciones del Banco Popular en la ampliación de capital de 2016 por importe de 10.020 euros.
-Sentencia de 10 de abril de 2019 de la Sección 5ª de la Audiencia Provincial de Oviedo que confirma la nulidad de una compra de acciones en la ampliación de capital del Banco Popular de 2016, 13.926 €, pero rechaza la anulación de una compra en Bolsa. Está recurrida al Tribunal Supremo y solicitado que se plantee cuestión prejudicial al TJUE.