¿Qué pensarían los ilustres lectores de este aburrido blog, en el que siempre escribimos sobre lo mismo -las subastas y los subasteros-, de una subasta en la que el nombre de la empresa demandada, el apellido de su administrador y el de la inquilina fueran el mismo? ¿Y si al guiso le añadimos la existencia de un embargo posterior de más de un millón de euros?
Pues eso.
Mañana lunes sale en el nuevo juzgado hipotecario de Madrid una subasta con esas características. Se trata de un piso más que majo, de 160 m2 construidos y 112 m2 útiles, situado en Puerta del Ángel, entre el Paseo de Extremadura y la Avenida de Portugal. El Tipo de Subasta no es muy elevado, unos 169.000 euros y la deuda es ridícula para tratarse de semejante piso, apenas 76.000 euros.
Entonces, ¿por qué no paga el demandado la deuda, siendo como es tan exigua? Muy sencillo, porque tiene un embargo posterior de La Caixa Geral de nada menos que 1.317.000 euros de principal más 395.000 euros de sus correspondientes intereses y costas. ¡Vaya tela!
Lo que me alucina es que a pesar de los numerosos indicios que apuntan al fraude, por ejemplo que el precio sea solo de 600 euros al mes incluyendo el alquiler de dos plazas de garaje que no están incluidas en la subasta, el juzgado haya admitido la validez del arrendamiento, la cual ya es definitiva. Se entiende solo por el hecho de que al ser la deuda tan pequeña, el banco acreedor tiene la absoluta seguridad de recuperarla y entonces para qué liarse a oponerse a un contrato fraudulento que en realidad no le va a perjudicar o eso cree.
Pero,.. ¿y el acreedor posterior? ¿Se quedará quieto? Se admiten apuestas