Apenas lleva un mes la reforma a la Ley Hipotecaria y a algunos ya les han empezado a llegar los problemas:
Hola Tristan te envio a ti esta pregunta porque por mucho q lea no encuentro respuesta. Me adjudique por cession de remate la subasta de un bloque que segun nota simple está constituido por dos locales commerciales, los mandamientos firmes son de fecha 10 mayo de 2013, ahora estaba esperando por la possesion, pero por mi sorpresa debido a la entrada de la nueva ley el segretario suspendio la possesiones desde el 15 de mayo al 17 de junio, creo por no pillarse los dedos. Ahora el antiguo dueño y deudor ha presentado un incidente extraordinario gracias a la disposicion cuarta. Mi pregunta es ahora la ley no pensò en quien se adjudicò la suasta en buena lid ha pagado el precio de subasta, en mi caso ha aceptado el hipoteca inscrita precedentemente, me adjudiquè la finca por la segunda hipoteca inscrita. Ahora no se como los juzgados van actuar hacia nosotros ademas para resolver tal incidente en mi caso en el partido judicial de donde partenece la finca estan dando fecha por la vista en marzo 2014. Que hago yo en el mientras??? Tengo que pagar el prestamo q he abierto para pagar la subasta, el edificio no es vivienda habitual (son locales y el antiguo dueño sigue lucrandose de ellos ganando dinero de los alquileres) te agradesco cualquier informacion para aclarar la posicion de quien comprò de buena fe y a un paso de tenerlo todo por una ley que se supone no retroactiva se encuentra en problemas bastantes gordos
En resumen, que esta mujer que me hace la consulta está metida en un buen lío que, en el mejor de los casos, puede solucionarse dentro de un año. ¿No es alucinante que le hayan dado fecha para marzo del 2014? Y si se le tuercen mucho las cosas puede que se quede enganchada en la madeja judicial entre resoluciones y recursos mientras por el horizonte se le echa encima la ola de los intereses de demora de la primera hipoteca.
Por un lado, si el Decreto y los Mandamientos de Cancelación ya son firmes, como apunta, no entiendo que haya ningún problema en inscribir el título y contactar con los inquilinos para que le empiecen a pagar a ella en vez de al demandado. No tendría ni que pedir la Posesión pues en este momento no la tiene el ex-propietario sino que la disfrutan los arrendatarios.
Yo creo que la disposición transitoria le habría pillado por el lado de los intereses de demora si aún no fuera firme la Tasación de Costas, pero si dice que los Mandamientos de Cancelación ya son firmes, con mayor razón lo será la Tasación de Costas. En fin, que no entiendo nada y que lo aclare, si puede.
Y por otro lado resaltar el peligro de adjudicarse bienes con cargas anteriores, aunque estén más o menos controladas y la locura de asistir a subastas con dinero prestado por un tercero.
En fin, que vaya lío.
POSTDATA: Esto me lo acaba de enviar la protagonista de este problema:
Hola Tristan de ante mano quiero darte la gracias por haberte interesado a mi caso.
Primero la tasación de costas es firme y los mandamientos tambien pagué las tasas a recaudacion y fui al registro muy contenta a inscribir la propriedad a mi nombre. Despues de unos 10 dias me han llamado diciendo que la inscripcion estaba suspendida porque la secretaria no habia especificado cual eran los intereses principales moratorio etc, y porque no habia aportado la situacion arrendaticia de los locales. Ahora presenté un escrito ( tuve que buscar abogado y procurador) para la aclaracion, y commenté que uno de los inquilinos hubiera venido voluntariamente a presentar el contrato de alquiler para asi pagarme a mi o depositar el dinero en el juzgado. Premetto que dicho contrato es nulo lo han firmado despues de la fecha de subasta pero la secretaria como suspendió la tomas de possesion me dijo que aunque fuera el muchacho para alla no se lo podia recoger. Ahora el sinverguenza del antiguo dueño ha abierto un negocio en el segundo local, ¿como digo lo de la situacion arrendaticia si no me dan la possesion?? ¿Hago una declaracion notarial y espero q alguien diga que me he pasado y me meta en problemas?? Por lo de la primera hipoteca he ido unas 8 veces a Caixa para saber como hacer para empezar a pagar, le he traido hasta los mandamientos firmes pero me han dicho que hasta no este inscrita a mi nombre en el registro no puedo hacer nada. Ahora tu que sabes mas por favor guiame un poco. Aqui en el juzgado ademas dicen que como no tengo la possesion no puedo optar a requerir los alquileres, yo habia pensado escribir a los inquilinos pero me han dicho que no tiene valor.
De entrada se me ocurre que si el pedazo de incompetente del secretario judicial hubiera dictado el Decreto y los Mandamientos conforme a Derecho esta joven ya podría tener inscritos sus títulos pero ¿que se puede esperar de un zopenco capaz de parar una posesión porque el demandado haya presentado un incidente por cláusulas abusivas (por lo visto ese ha sido el argumento) con el ánimo de aminorar la deuda pendiente? Y encima el INDOLENTE señala la vista oral en marzo del 2014.
¿Opiniones?