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El golferas del Mercedes ML

Mail recibido recientemente:

Mi mujer posee una clínica de estética en Las Rozas, Madrid, por diversos motivos de la vida nos tenemos que marchar a Tegucigalpa, Honduras, a ganarnos la vida. Como el negocio de la clínica de estética estaba funcionando y con clientas, para mantenerlo decidimos alquilar el negocio, con maquinas y cartera de clientes. Llega hasta nosotros un individuo a través de unos buenos amigos que quiere hacerse cargo del mismo y firma a mediados de octubre de 2011 un contrato de alquiler a nombre de su empresa y también como persona física, siendo efectiva la primera cuota mensual a primeros de noviembre. Finalmente resulta que este esta es la única cuota que paga este individuo. Ya no vuelve a pagar mas. En abril de 2012 presentamos la demanda de desahucio y en junio del mismo año hacemos efectivo un aval de seis meses que nos había formalizado el día de la firma y en septiembre del mismo año se hace efectivo el lanzamiento del local sin que él se presentara, sabiendo que había estado explotando el negocio hasta finales del mes de julio. No te puedes hacer una idea de cómo nos dejo el local, aparte de destrozarnos dos valiosas maquinas de estética y de sustraernos otras dos por valor de unos 40.000€. Por estos hechos tenemos puesta otra denuncia por apropiación indebida y daños en la propiedad. 

Como con el aval no cubría toda la deuda nuestro abogado inicia las gestiones judiciales para reclamarle el dinero que resta de las mensualidades y como se niega a pagar se solicita que se le embargue un plan de pensiones en el que tiene poca cantidad de dinero y tres vehículos a nombre de la empresa, dos de escaso valor pero el tercero es un Mercedes ML 320 con matrícula de diciembre de 2007, el cual, con su subasta, si creemos que alcance para pagar la deuda que mantiene con nosotros. 

En septiembre de 2012 se solicita por parte del juzgado a la Guardia Civil de tráfico el precinto de los vehículos y unos meses después se presenta el Agente de Trafico en el domicilio del individuo, quien le niega la entrada estando los vehículos dentro del domicilio. Dado que no se pueden precintar los vehículos el Juzgado cita al individuo para que se persone en los Juzgados de Majadahonda y se proceda al precinto de los vehículos. El demandado se presenta en el Juzgado y con todo desparpajo declara que el Audi 100 esta a nombre de su padre, que el Peugeot 806 esta averiado y no funciona y que el Mercedes se lo prestó a un amigo y no lo posee el en este momento. El juzgado no ha tomado  ninguna medida al respecto. 

Por lo que en marzo de 2013 mi abogado, tras sacar titularidad de los tres vehículos en trafico y comprobar que los mismos continúan a su nombre, solicita al Juzgado que la Comisión Judicial se persone en su domicilio (acompañada de las Fuerzas del Orden Publico) para el precinto de los mismos, todo ello para salvaguardar el bien a subastar. El dos de julio de este año el Juzgado nos contesta que han notificado a la Guardia Civil de Trafico los hechos para que si lo detienen circulando se proceda a su precinto. Mientras tanto el proceso de subasta sigue adelante sin que los vehículos estén precintados (...)

Lo cierto es que no ha pasado con los coches nada que sea anormal. Ese es el motivo por el que es tan complicado participar en las subastas judiciales de coches. Los subasteros especializados en coches los suelen comprar en las subastas de Hacienda y en las de la Seguridad Social pues ambas administraciones traban embargo del coche y se lo llevan en grúa a depósitos específicos para eso. 

En cambio, en las subastas celebradas en los juzgados, resulta que cuando se está celebrando la subasta el demandado todavía lo está usando y lo sigue usando hasta que la policía municipal le pare para ponerle una multa o algo así. O sea, que muy mal. Auguro que esa subasta quedará desierta. En tal caso se los tendrá que adjudicar el demandante. Lo que yo haría en tal caso sería presentarme en la puerta de la casa y llamar a la policía municipal, diciéndoles a los agentes que dentro hay unos coches que son de tu propiedad (ya sí lo serán). Solo así, si tiene mucha suerte, podrá el demandante hacerte con ellos. Pero si el tipo es tan golfo como parece, lo más probable será que se los haya dado a cualquiera, amigo o familiar, o bien que los tenga aparcados por Madrid y, en tal caso, habrá que esperar a que el conductor cometa una infracción y caiga en manos de los picoletos.
 
¿Alguna idea para que ese golfo no se salga con la suya?
 
 
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  1. en respuesta a licitadorsubastas
    -
    Top 100
    #20
    09/12/14 10:18

    Efectivamente esa cantidad es una deuda. Pero como se trata de la deuda por la que se celebra la subasta, entonces no constituye una carga respecto a esta subasta concreta, aunque podría serlo para una subasta relacionada con una deuda posterior.

  2. Nuevo
    #18
    09/12/14 09:59

    Resulta que voy a ir a una subasta judicial de un vehículo , y me dice el funcionario que no existen cargas, sin embargo en el informe de la subasta pone, tasación ; 13.500 y cantidad para cuyo pago sale los bienes a subasta; 13.500, ¿ puede ser esa cantidad ya de por si una carga?, recibe un grato saludo de tu amigo Ares de Las Palmas, y muchas gracias!!!Saludos

  3. Nuevo
    #17
    08/05/14 12:15

    Que tal que un buen amigo tuyo espere en la puerta del golfo a que este saque el coche y acto seguido abalance su coche contra el del golfo chocando... después llamar a la policía para el atestado y consecuentemente precinto del coche. A ti te costaría la reparación del coche de tu amigo y punto.

  4. en respuesta a Dlear
    -
    #16
    05/11/13 15:46

    Estimado Dlear:
    La Justicia española es muy garantista, excesivamente pensarán muchos, pero es algo que agradecerás si alguna vez te ves en el lado oscuro. Hay jueces de primera instancia que dictan resoluciones pero el incumplimiento de las mismas no constituye delito mas que en algunos casos, y hay que acudir a un nuevo procedimiento para ejecutarlas. El asunto es que cuando entran en conflicto varios derechos, en el caso que tu planteas el derecho a la propiedad y el de la inviolabilidad de domicilio, siempre se viene atendiendo al que se considera mas importante. Pero todo esto cambia cuando hay delito por medio, como en el asunto del coche robado que no tiene nada que ver con el embargado, entonces los agentes de la autoridad pueden actuar según lo dispuesto en la Ley de enjuiciamiento criminal, y los jueces ( de instrucción de guardia) dictar autos de entrada y registro, pero siempre valorando pruebas, medios y el fin a obtener.
    No soy jurista, aunque tenga relación con el mundo del derecho, por tanto mis opiniones deben considerarse como tales y no como dictámenes.
    un saludo a todos los foreros

  5. en respuesta a alopezcalle
    -
    #15
    05/11/13 10:28

    Lo que no me cuadra es porque el juez no da una orden para entrar donde se encuentre el vehículo y proceder a su restitución al legítimo propietario.
    ¿De que vale que diga que el vehículo es de una persona si no ejerce su autoridad para procurar que su sentencia se pueda ejecutar?. ¿Si uno roba un coche y lo mete en un garaje privado tampoco se lo pueden quitar?. Creo que el caso es el mismo.
    Me parece que es todo como un juego de listillos en la que el maleante siempre lleva las de ganar.
    Saludos y esperemos que alguna vez lleguemos a tener JUSTICIA de verdad en España.

  6. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #14
    05/11/13 01:42

    Claro, porque el uso no es público, es privada de uso privado. Ese dato se fija en el título constitutivo de la comunidad, muchas veces los ayuntamientos exigen esta figura y es una verdadera putada.
    En tu comunidad ocurre lo mismo que en un garaje comunitario donde no existen las normas de circulación ni tampoco se puede multar a nadie por estacionar mal. Para ello debe estar delimitada y tener la opción de ser cerrada. En ese caso los propietarios pueden restringir el paso, poner las normas de circulación que quieran etc.. Pero para hacer efectivas luego estas normas habrá que acudir a la jurisdicción civil. Eso no quiere decir que los agentes de la autoridad no puedan acceder a las zonas privadas, que pueden, y actuar a requerimiento para reestablecer los derechos de quien lo solicitara o mediar en los problemas entre particulares. Claro y también para perseguir o evitar la comisión de cualquier infracción penal, pero la seguridad en esas zonas privadas de uso privado corresponde a los propietarios que pueden poner vigilancia privada.
    En tu urbanización las normas de circulación las poneis los propietarios, que podeis reflejarlas en el libro de actas de la comunidad general. Pero si alguien las infringe no os queda mas remedio que acudir a un juzgado de primera instancia y demandar, o sea como si no existieran. Muchas veces se refleja que se atenderá a lo señalado en la ley de seguridad vial a efectos de dilucidar responsabilidades en caso de accidente.

  7. en respuesta a alopezcalle
    -
    Top 100
    #13
    05/11/13 01:21

    Sin embargo yo vivo en una urbanización privada de las afueras de Madrid. Y es tan privada que hasta los viales son privados, de manera que ni siquiera la Guardia Civil puede entrar a multar a nuestros hijos cuando practican para sacarse el carnet de conducir. Los picoletos se plantan en la puerta por si a algún rapaz se le va la olla y se arriesga a salir, pero ellos no pueden entrar a poner multas.

  8. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #12
    05/11/13 01:00

    Además hay que tener en cuenta que sobre todo en zonas urbanas hay muchas propiedades particulares de uso público, típico de las comunidades de propietarios que tienen que cargar con los gastos de mantenimiento pero sin embargo cualquiera puede hacer uso de ellas, e incluso dentro de las mismas se hallan vigentes las normas de circulación y ordenanzas municipales.

  9. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #11
    05/11/13 00:48

    El tema de las propiedades privadas es complejo. Lo que las leyes realmente protejen es aquellas constituidas como domicilio ( puede ser una autocaravana) y cuya vulneración constituye ilícito penal. Con el resto de propiedades, como un terreno o similar debe estar perfectamente vallado para que no se pueda entrar, ya que si no el acceso es libre, y aún estando vallado para ir contra tí tendría que acudir a la vía civil siempre y cuando no lo hagas usando violencia o intimidación
    Los delitos se regulan en el código penal.
    El art 202 del código penal señala:

    1. El particular que, sin habitar en ella, entrare en morada ajena o se mantuviere en la misma contra la voluntad de su morador, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años.
    2. Si el hecho se ejecutare con violencia o intimidación la pena será de prisión de uno a cuatro años y multa de seis a doce meses.

    La cuestión a resolver es que se entiende por hacer uso de esa propiedad.
    El art 245 del Código penal señala:

    1. Al que con violencia o intimidación en las personas ocupare una cosa inmueble o usurpare un derecho real inmobiliario de pertenencia ajena, se le impondrá, además de las penas en que incurriere por las violencias ejercidas, una multa de seis a dieciocho meses, que se fijará teniendo en cuenta la utilidad obtenida y el daño causado.

    2. El que ocupare, sin autorización debida, un inmueble, vivienda o edificio ajenos que no constituyan morada, o se mantuviere en ellos contra la voluntad de su titular, será castigado con la pena de multa de tres a seis meses.

    Tambien sería aplicable el código civil. Artículo 446
    Todo poseedor tiene derecho a ser respetado en su posesión; y, si fuere inquietado en ella, deberá ser amparado o restituido en dicha posesión por los medios que las leyes de procedimientos establecen
    Total que si el inmueble no está constituido en vivienda o no tiene pinta de serlo el poseedor lo tiene muy difícil para ejercer acciones contra quien acceda a su propiedad mientras no sea con violencia o intimidación.
    Vamos que si no es un domicilio ( cualquier sitio donde haya una cama y una persona desarrolle su intimidad, puede ser una chabola, o una lonja habitada) se puede entrar a cualquier sitio y no pasa nada..., o casi nada
    saludos a todos

  10. en respuesta a Perrazo
    -
    #10
    04/11/13 19:46

    Vaya animalada. Con romperle un piloto y denunciarlo cuando lo tenga en la calle creo que puede bastar.

    Si te quieres poner en plan peliculero, para localizar el coche http://www.latiendadelespia.es/index.php/tienda-online?page=shop.product_details&flypage=tpflypage.tpl&product_id=313&category_id=48

    Por cierto, un tipo que trabajaba en esa tienda me contó que en una ocasión que tuvo un inquilino moroso, tuvo que entrar por la fuerza en la vivienda y echarlo a las bravas.

  11. #9
    El sujeto pasivo
    04/11/13 18:55

    Éste era de los que iba por las obras con su Mercedes y bien trajeado hace unos años tirando los precios. Como no pensaba pagar a nadie todo beneficios.

    Mientras tanto nuestra fabulosa justicia a lo suyo: todas las garantías para el delincuente. El que necesite su auxilio que se joda y que pague tasas.

  12. en respuesta a Perrazo
    -
    #8
    Sir Balarck
    04/11/13 18:31

    El otro día salió por la televisión unas organizaciones de Europa del este que se dedican a arreglar "problemas" por un módico precio. En este país hay de todo, hay que ver...

  13. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #7
    04/11/13 18:24

    A cada cual hay que tratarle como quiere ser tratado. Que uno es un "golferas" pues a lo golfo.

    No se si alguno habeis visto el programa ese americano de Embargos a lo Bestia.

    Dudo que no esten preparadas algunas o todas las situaciones, porque sino los camaras recibirian una de palos que daria miedo verlo. Pero lo que si es verdad es que con ciertos individuos la mano dura es la unica que funciona.

    En este ultimo caso que explicabas Tristan, simplemente te cuelas de noche, le haces un puente o le enganchas un remolque depende si tienes uno y lo dejas en cualquier calle abandonado y luego la policia recibiria un soplo anonimo informando de donde esta. Pero en fin esta muy claro que o te pones a su altura o se rien de ti.

    Un saludo y animo.

  14. en respuesta a alopezcalle
    -
    Top 100
    #6
    04/11/13 18:10

    Una vez supe de uno golfo de estos que se llevó el todo terreno a una finca rústica enorme y como nunca lo sacaba de allí era imposible hacerse con él porque para eso habría que entrar en una propiedad privada.

  15. #5
    04/11/13 17:42

    Si el precinto del Juzgado es efectivo, le consta a Vd. y tiene documento del mismo, siempre podrá investigar donde van esos coches, y una vez estacionados en lugar público o privado ( que no sea constitutivo de domicilio) podrá requerir a los agentes de la autoridad para que trasladen los vehículos al depósito municipal o en su caso si lo hubiere al depósito judicial ( que muchas veces coinciden), ah pero la labor de investigación la tiene que hacer Vd. o pagar para que se la hagan.

  16. #4
    04/11/13 17:26

    Si vive de su imagen, contrata al cobrador del frac, a ver que pasa

  17. #3
    04/11/13 16:54

    Pues toca buscarse un poco la vida. Pedir al juzgado que cuando se precinte el vehiculo se nombre depositario
    a la parte ejecutante (si tiene sitio donde guardarlo) y despues buscar el coche.
    Hay que tener en cuenta que esta gente vive mucho de la imagen, ni de coña van ha estar andando con un coche viejo teniendo un ML. Lo seguiran usando ellos, O sea, que como en las pelis de polis, hacer guardia delante de la vivienda con un paquete de donuts hasta que salga con el coche y avisar a la benemerita para que lo precinte.
    Si no lo consigue mejor pedir que no se celebre la subasta hasta que se precinte.

  18. #2
    04/11/13 12:19

    A quién habría que demandar es al juez que permite que unos vehículos que ya no son del anterior titular sigan siendo usados por él, o por sus amigos, como si todavía fueran suyos.
    El golferas es un delincuente y se espera de la justicia que repare el daño causado, pero parece que el juez trabaja para él. Al fin y al cabo, sin delincuentes no haría falta la justicia, salvo casos excepcionales.
    Justicia de m...

  19. #1
    Dalamar
    04/11/13 07:18

    Menuda imagen... que hay mucha carne ahí y yo estoy rodeado de vegetarianos!


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