Cuando el pasado mes de marzo publiqué el Manual de Instrucciones (para secretarios dummies) para el Portal de Subastas Judiciales, no imaginé que llegaría a tener en mis manos un edicto de subasta como el que os voy a enseñar a continuación, aunque, bueno, lo cierto es que tampoco creo que en este caso haya sido cumpla del secretario (o LAJ, como les llaman ahora).
Su responsabilidad desde luego que es, pero me niego en redondo a creer que un tipo con la preparación que debe tener un secretario judicial pueda llevar a cabo un pingajo como el que os traigo hoy.
Todavía está colgado en el Portal de Subastas Judiciales, donde os lo podréis bajar enterito para imprimirlo y enmarcarlo como ejemplo de la mayor incompetencia que encontrarse pueda.
Los datos del encabezamiento no los pego y así me ahorro problemas. Quien lo quiera ver, que lo haga en el portal de subastas.
No se trata solo de que el tramitador del procedimiento judicial haya copiado y pegado las condiciones de subastas de bienes muebles, sino que además ha puesto una fianza del 30%, no ha mencionado lo que sale a subasta ni el tipo de subasta.
En fin, un desastre más propio del vergonzoso estado de nuestra administración de (in)Justicia que de la Administración del país occidental que somos.
Y a vosotros qué os parece