Por favor, sean prudentes e inviertan con cabeza
David es un viejo conocido de este blog. Fue el protagonista de la entrada del 24 de marzo "Las hienas atacan de nuevo" en la que me hizo su primera consulta y entonces inició una tan abundante serie de consultas en el buzón del blog que me dieron la inspiración para los cinco primeros párrafos del post del 31 de mayo. Desde el principio se veía que David apuntaba maneras, que tenía ganas de comprar en subasta y que acabaría haciéndolo sí o sí.
Hace unos días volvió a contactar conmigo y esta vez me dejó perplejo:
Cuanto tiempo, como va todo? seguro que bien porque sigo el blog y veo que cada vez es mas interesante.
Yo tenía una pregunta que te quería pedir si me podrías ayudar a tener claro. Te explico acabo de ser adjudicatario de 1 parcela en AEAT, esta salio a subasta por la siguiente anotación:
Embargo Q: AEAT 821.682 (Ppal) + 162.445 (Int) + 41084 (Costas)
Y quiero levantar los embargos que tiene, para poder registrarla limpia, me queda pendiente 2 anotaciones de la seguridad social y una vez me pongo en contacto con la seguridad social para que me de los mandamiento de embargo, me comunican que el deudor aun tiene pendiente alguna deuda y que habría que pagar con carta de pago la deuda, pero mi pregunta es si son anteriores deberían quedar anuladas no?
Qué tendría que hacer para anular las deudas de SGS?
- Embargo C: Seg. Social 136.095 € fecha: feb-94, prorrogada por la anotaciónL en ene-98
- Embargo E: BSCH 118.847 + 24.040 fecha: abr-95, prorrogada por la LL en abr-98. Tiene expedida certificación de cargas en abr-95
- Embargo O: Seg. Social 9.558 + 1.919 + 344 fecha: jul-01, prorroga por 4 años en jun-05. Tiene expedida certificación de cargas en jul-01
- Embargo Q, el de la subasta: AEAT 821.682 + 162.445 + 41.084 fecha: jun-02, prorrogada por cuatro años en jun-06
Puufff, no me gustaría.