Mañana se celebra una subasta en el juzgado de Primera Instancia nºXX de Madrid a la que no creo que acudan muchos postores, no porque el piso no lo merezca -al contrario, es estupendo- sino porque tiene un posible "inquilino agazapado" de los que hablábamos en el anterior post, ya es casualidad.
Se trata de un magnífico piso casi nuevo de 140 m2, con trastero y plaza de garaje incluidos, sito en uno de los nuevos PAU del norte de Madrid, en Montecarmelo. El tipo de subasta es la friolera de 503.223 euros, pero la adjudicación queda automáticamente firme a partir de 352.257 euros. Parece caro, pero creo que bien los vale.
Vamos, que sería la típica subasta con un montón de postores dispuestos a pujar como locos hasta alcanzar el 80% de su valor si no fuera por la pequeña minucia de que en el Edicto de subasta, escondido entre las condiciones de la subasta figura la manifestación de que la vivienda se encuentra arrendada a Don Perico de los Palotes desde mayo de este mismo año.
El escollo es importante, pero la cosa aún hubiera podido tener solución de haberse celebrado la subasta en un juzgado distinto, que no perteneciera a la "Confederación de juzgados del lado oscuro de la fuerza", aquellos que no permiten que los futuros postores, o sea, aquellos que se van a jugar la pasta (nada menos que unos 400.000 euros), estudien detenidamente el expediente judicial antes de tomar la decisión de participar o no en las subastas.
Es decir que la semana pasada cuando le pedí al oficial de los juzgados que llevaba el procedimiento que me lo dejara para estudiar el contrato de arrendamiento, me contesta que de sobra se que en ese juzgado ya no permiten ver los procedimientos y que el que haya un arrendamiento no es motivo para romper esa norma, que si lo quiero leer, compre el piso en la subasta y así podré tener acceso al contrato. Joooodeeer...
Por supuesto que la pelotera que tuve con él no me sirvió de nada, ni siquiera aunque hubiera entrado a hablar con la secretaría, pues también se de sobra de quién proceden esas instrucciones. Así que me tocó agachar las orejas y recular hasta la puerta, por enésima vez.
En este caso, la importancia de ver el contrato de arrendamiento venía porque habría tres posibles motivos por los que Perico de los Palotes se había personado en el juzgado:
- Porque es un inquilino agazapado, conchabado con el propietario y puede que en el contrato figure un alquiler mensual ridículo, pongamos que de 400 euros.
- Porque es un inquilino legítimo, que pague lo usual en estos pisos, es decir unos 1.600 euros mensuales, pero cuya intención sea acongojar a los futuros postores para que el precio de adjudicación sea bajo y así ejercer el derecho de retracto sobre un precio chollo.
- Porque es un inquilino legítimo que simplemente quiere hacerse visible y que se respeten sus derechos, dejando claro que el adjudicatario tendría que respetar el arrendamiento durante cinco años desde mayo. En este caso la subasta sí me hubiera interesado porque tengo clientes con ese perfil, el de comprar pisos para alquilar, a quienes no les hubiera importado que el piso ya estuviera alquilado si la renta mensual merecía la pena.