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El lado oscuro de la judicatura pierde adeptos

Menudo alegrón me ha dado Taichi al enviarme este mail:

A veces la vida nos da sorpresas. Ayer conseguí que un Juez me autorizara a ver todos los expedientes y no solo la "Certificación de cargas". En este juzgado tuve hace meses una agarrada con una funcionaria y con la secretaria, quien perdió los papeles cediendo su autoridad ante la funcionaria.
La secretaria me autorizó a ver los expedientes y cuando se lo dije a la funcionaria, se fue a ver a la secretaria, la llevó el libro de la LEC y el resultado fue, que no, que sólo podría ver la certificación de cargas. Seguí insistiendo y logré que también me dejara ver la escritura hipotecaria, insistí un poco más para lograr ver los importes de reclamación del ejecutante y casi me impiden ver los otros documentos.
Ahora, ya no están ni esa funcionaria ni la secretaria ni  la Juez, pero el nuevo funcionario se aprendió el sólo cargas. Cuando le hablé de que la LEC sólo decía lo que estaba de manifiesto, que no decía nada de impedir ver el resto. Le pedí hablar con la secretaria, pero estaba de viaje. Por lo que me dijo de hablarlo con el Juez.
Así que apenas llegó el Juez, se lo explicó él mismo y el Juez le dijo que yo podía ver todo el expediente.
Uno menos en el lado oscuro.

Esta anécdota es un reflejo exacto de la diferencia de criterios que, tanto en este asunto como en otros, hay entre unos profesionales y otros. Es hora de volver con la matraca de que cuando compramos en subasta no estamos comprando una vivienda tal como lo haríamos en una notaría, que es lo que mucha gente cree,  sino que estamos comprando el resultado de un procedimiento judicial complejísimo en el que muchas personas diferentes pueden haber cometido errores en los que luego un abogado espabilado puede basar su argumentación para suspender la subasta y solicitar la nulidad de actuaciones hasta el momento previo al error. Esto puede ocurrir incluso meses después de haberse celebrado la subasta, como le pasó a la mujer desesperada de Esta subasta es una ruina.


Por tanto no me parece descabellado que los secretarios judiciales lo tengan en cuenta y nos permitan asegurarnos de que todos los implicados han hecho adecuadamente su trabajo. Eso solo puede ser si nos permiten estudiar el expediente. Pero algunos, sin duda adeptos del lado oscuro de la fuerza, persisten erre que erre en que no lo veamos, aumentando el secretismo y el peligro en las subastas. Y lo hacen gratuitamente. Por que sí.

Y finalmente, no creáis que solo la judicatura tiene un Lado Oscuro, los subasteros también tienen el suyo.

 

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  1. en respuesta a Siete
    -
    #33
    04/10/10 17:54

    Disculpa la demora en contestar, pero apenas dispongo de tiempo para conectarme a la red. Efectivamente, a mi juicio, cualquier persona que tenga intencion en participar en una subasta judicial tiene derecho a solicitar información sobre el procedimiento judicial de que dimana. Ahora bien, como todo es discutible, coincido plenamente con FCalvo que la aplicación del artículo 140 de la LEC viene condicionada a la decisión arbitraria de los Secretarios Judiciales y un buen ejemplo lo aporta la Taichi. Desde luego, no estoy nada de acuerdo con la resolución parcialmente reproducida, aunque creo que en el fondo es un problema derivado de una errada conceptuación de la imagen de los subasteros, que debería cambiar. Un saludo a todos.

  2. en respuesta a Iuriscivilis
    -
    #32
    02/10/10 23:54

    Hola Iuriscivilis,

    Perdona que conteste tan tarde a este comentario, pero lo acabo de leer, y me ha parecido muy interesante.

    me puedes indicar cuando se considera que una persona tiene "Interés legítimo"?
    Si yo voy al secretario y le piedo ver el espediente por que tengo "interés" en participar en la subasta se considera que tengo interés legítimo?

    Muchas gracias
    Siete

  3. #31
    23/04/10 18:17

    No pasa nada de nada, por no tener acceso al expediente, cuanto mas difícil son las cosas mas importante es que las subastas sean manejadas por profesionales y expertos del sector, eso solo nos favorece a nosotros y perjudica a que el mundo en general pueda acudir y se traduce en mayores márgenes y peor parado sale el acreedor y el deudor, los profesionales tenemos otros medios que el público en general no tiene acceso por desconocimiento. Me encantan las subastas que tienen unas complicaciones legales en tercera derivada o problemas que la mayoría de los mortales salen corriendo, eso permite con el tesón, la profesionalidad y el trabajo que sea un excelente negocio, viva los palos en las ruedas en las subastas!!!!!!!

  4. en respuesta a Taichi
    -
    Top 100
    #30
    22/04/10 17:43

    Bueno Taichi, ya te enseñan más que en cierto juzgado de El Escorial, que mal haya.

  5. en respuesta a Fcalvo
    -
    #29
    22/04/10 16:33

    Respuesta del Juzgado a mi solicitud de verificar procedimientos:

    FUNDAMENTOS DE DERECHO
    ..."No se puede calificar de interesado o tercero con interés legítimo en los procedimientos de ejecución hipotecaria a un posible licitador que vaya a intervenir en el acto de la subasta judicial, pudiéndosele considerar interesado únicamente en el resultado que se obtenga en dicha subasta respecto al bien inmueble que es objeto de dicha actuación y sobre el cual presentare su licitación."
    PARTE DISPOSITIVA
    "Denegar la exhibición completa de los procedimientos de ejecución hipotecaria con el objeto de participar en la misma como licitador."

    Pues nada. A conformarse con Edicto y Certificación de Cargas.

    Saludos,
    TaiChi

  6. #28
    14/04/10 20:56

    El problema está en la definición de personas que tengan "interés legítimo" en un proceso judicial.

    Desde luego, según mi opinión, personas con interés legítimo son las que forman parte del procedimiento (demandado, ejecutante, terceros poseedores) y además aquellas que puedan ver perturbados sus intereses (inquilinos, acreedores posteriores, etc.).

    Los que estamos interesados en participar en una subasta no tenemos ningún interés legítimo, aunque tengamos interés en comprar en la subasta (interés económico, llamémosle).

    Así que por este camino no vamos a conseguir nada.

    Saludos cordiales

  7. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #27
    14/04/10 20:00

    El problema, Tristan, es que el "interés legítimo" parece que está sujeto a la decisión o arbitrariedad de algunos Secretarios.
    Te lo digo porque argumentando ante una Secretaria ese interés legítimo para que me permitiera ver los expedientes,lo que me dijo es que le presentara un escrito reclamando ese interés legítimo y ya me contestaría.
    Y ahí estoy esperando su respuesta o la del Decano, porque claro, en el Decanato se quedaron en la duda ya que yo no indicaba un expediente determinado.
    Un saludo,
    TaiChi

  8. en respuesta a Inversius
    -
    Top 100
    #26
    14/04/10 18:45

    Hola de nuevo Inversius, debes tener en cuenta lo mencionado por Iuriscivilis en el primer comentario: El Artículo 140 de la Lec dice que : 1. Los Secretarios Judiciales y personal competente al servicio de los tribunales facilitaren a cualesquiera personas que acrediten un interés legítimo cuanta información soliciten sobre el estado de las actuaciones judiciales, que podrán examinar y conocer. También podrán pedir aquéllas, a su costa, la obtención de copias simples de escritos y documentos que consten en los autos.
    Según mi opinión esto debería ir a misa.

  9. #25
    14/04/10 16:21

    Indicaros, que nadie ha dicho que la democracia sea gratis, la protección de datos es un coñazo para muchos y mas para lo que trabajamos en esto, en una adjudicación una vez quise saber donde vivia el deudor para que me entregara las llaves, gracias a que accedí al expediente pude saberlo pese a que hizo todo lo posible para ocultarse por ser deudor. Nuestra constitución no tenía ese derecho igual como otros (derecho archivistico) de otros paises como EEUU, al menos primero se ha solucionado, el segundo tenemos que ir a otros paises para tener acceso y saber.La famosa ley 13/2009 que entra en Mayo por lo que se, habla de la publicación en medios telemáticos y la posibilidad de pujas electrónicas. Tambien indica "En el anuncio de la subasta se expresará, con el posible detalle, la situación posesoria del inmueble o que, por el contrario, se encuentra desocupado, si se acreditase cumplidamente esta circunstancia al Secretario judicial responsable de la ejecución.", aunque creo que se hace necesario una reglamentación para las subastas, que amplie la obligación de la certificación de cargas. El Martes pasado se vio un gran avance en la justicia, con la aparición de la secretaría virtual y la posibilidad de consultar el expediente de manera telemática y parece que este gran exito va a posibilitar incorporarlo a todos los juzgados, pero, el asunto de reglamentar y ampliar la información a visualizar se hace necesaria.LA ley 11/2007 que nos da nuevos derechos al ciudadano (derecho a comunicarnos electrónicamente) no es obligado cumplimiento en Justicia pero eso no quita que nos den esa facilidad.

  10. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #24
    14/04/10 01:18

    Gracias Tristan, suponia que pasarian algunos meses (algo se aprende de ser fiel lector de tu blog) y la verdad, el paralelismo que has puesto te hace mas bilbaino que el alcalde de la villa. Gracias de nuevo y un saludo cordial.

  11. en respuesta a Jotaerre
    -
    #23
    13/04/10 22:47

    Obviamente falleció en el interín de realizarse la valoración y celebrarse la subasta

  12. en respuesta a Javieron1
    -
    Top 100
    #22
    13/04/10 21:25

    Hola Javieron1, de tus palabras deduzco que quien le ha embargado es un juzgado. Si es así, para cuando el camión salga a subasta, los humanos nos moveremos en un vehículos que volarán a unos tres o cuatro metros del suelo y sin necesidad de que les conduzcamos. Bastará con introducir en el sistema las coordenadas del lugar de destino y nos podremos echar a dormir.
    Para entonces, naturalmente, el camión no valdrá ni su peso en chatarra. Por supuesto hasta el día de la subasta tu amigo podrá pagar la deuda reclamada y recuperar el camión.

  13. #21
    13/04/10 20:12

    Buenas tardes Tristan:

    Solo necesito, si se puede, una respuesta general, a ver si me puedes echar una mano (solo la necesito para asesorarle minimamente):

    Tengo un conocido que tiene un camión y varias letras del mismo sin pagar, le han llegado sucesivas notas de embargo, le han cogido el camión y se lo han embargado tal como ayer, (se lo han llevado al concesionario). A día de hoy le piden 35000 que si no los aporta en dos días, parece que se lo quitan definitivamente o va a subasta(esto ultimo lo supongo yo).

    como media, cuanto tiempo suele pasar desde el día (hoy) que le han quitado el camión) hasta que se hace la subasta judicial (en la que el banco intentará cobrar lo que se le debe)?

    Podrá en el día de la subasta poner el dinero (capital+interes) y llevarse el camion sin subasta, no?

    Un saludo muy cordial

    Javier


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