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Hace tiempo que todos conocemos a Licitador, subastero madrileño que es visitante asiduo del blog. También hace mucho que vengo hablando de ese "lado oscuro" judicial que les lleva a jueces y secretarios judiciales a creerse que están por encima del bien y del mal. 

Pues el pasado lunes Licitador tuvo un pequeño encontronazo con uno de estos:

Estuve en una subasta y el demandado se adjudicó una finca, vamos en realidad lo hizo su primo. Yo fui la segunda postura, pero el caso es que la actora pidió que se quedase mi postura en el juzgado por si los adjudicatarios quebraban la subasta. Yo me opuse a dejarla reservada pero la secretaria se ha pasado la ley por el forro y me ha dejado la fianza retenida. Le he dicho que si yo quiero dejar la postura la dejo por mi cuenta, pero dice que no, que si quiebran la subasta soy yo el que tiene que rematar por ser la segunda mejor oferta. Pero los artículos 652 y 653 de la LEC no dicen eso. ¿Qué opinas tu de esta secretaria autoritaria, que no te deja ni hablar?

Pues qué voy a opinar, si ya estoy acostumbrado a que hagan lo que les de la real gana. Algunos de estos profesionales saben menos Derecho que un bebé de un año y esa carencia la suplen con autoritarismo y mala leche.

Continúa Licitador:

Mi postura fue de 1 euro menos que la de ellos. Vamos que yo subía y ellos subían un euro más en cada en puja. Imagínate estuvimos  como 15 minutos pujando. Posteriormente  presenté  este  escrito:

(…) como participante en el día de  ayer  11-04-2011 en la subasta acordada por  su Juzgado y no siendo el mejor postor, solicito se  me devuelva la fianza efectuada  para  poder participar, pues a mi no me interesa dejar la postura reservada en el Juzgado.

Ayer en el acto de la subasta  solicité  la devolución de la fianza  a la secretaria de su juzgado, oponiéndose a devolvérmela y oponiéndose también  a dejar  constancia en el acta de subasta  a mi oposición a dejar la fianza  por  si no consigna el mejor postor.

 Según el artículo 652 de la L.E.C. mi depósito se podría dejar consignado por mi solicitud, pero  yo no he dejado mi  postura en reserva, por ello y no existiendo artículo que me obligue a mantener el dinero en la cuenta del Juzgado, solicito a su Señoría  que  me  devuelvan la fianza efectuada mediante transferencia a una de las siguientes cuentas bancarias (…)

Como vemos Licitador tiene más razón que un santo. Concretamente el artículo 652.1 de la LEC dice lo siguiente:

Finalizado el acto de la subasta, el Secretario judicial devolverá las cantidades depositadas por los postores excepto la que corresponda al mejor postor, la cual se reservará en depósito como garantía del cumplimiento de su obligación, y, en su caso, como parte del precio de la venta. Sin embargo, si los demás postores lo solicitan, también se mantendrán a disposición del Tribunal las cantidades depositadas por ellos, para que, si el rematante no entregare en plazo el resto del precio, pueda aprobarse el remate en favor de los que le sigan, por el orden de sus respectivas posturas.

En fin, que la redacción del artículo está suficientemente clara y que nuevamente estamos ante un profesional judicial que prevarica pasándose la Ley por el arco de triunfo.

En otro orden de cosas y sin que ambos casos sean comparables yo (Tristán), esta misma mañana, he puesto por primera vez en toda mi vida una reclamación ante el Consejo General del Poder Judicial contra un juzgado que lleva once meses y todavía no me ha entregado el testimonio de un Decreto de Adjudicación sin que haya mediado oposición de parte ni nada que explique el injustificado retraso.

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  1. en respuesta a Sáenz
    -
    Top 100
    #19
    19/04/11 22:47

    Prácticamente las desconozco. Solo me interesé por un par de ellas a mediados de los noventa y hace siglos que no veo señalada ninguna. Se conoce que a los bancos no les mola como vía de ejecución de sus hipotecas. Por algo será.

  2. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #18
    19/04/11 22:40

    Ya sé que tienes un montón de cosas más interesantes de las que hablar, pero si encuentras un hueco, me encantaría que escribieses un día sobre las subastas notariales y sus dificultades.

  3. en respuesta a Sáenz
    -
    Top 100
    #17
    19/04/11 22:15

    Porque si hay dificultades al final tienen que resolver los juzgados ordinarios y es un pérdida de tiempo.

  4. #16
    19/04/11 18:06

    Si las subastas judiciales son tal desastre, ¿por qué creéis que la gente es tan reacia a acudir a la subasta notarial?

  5. en respuesta a Credissa
    -
    #15
    15/04/11 21:11

    Bochornoso!!

    Es lo que me parece el funcionamiento de la Justicia en España.
    Esta panda de inútiles se toman la ley por su cuenta y hacen lo que les viene en gana, pOr desconocimiento, falta de profesionalidad, hastio, vaguería o como le querais llamar.

    Estoy totalmente de acuerdo con Credissa.
    Creo que al menor inconveniente deberíamos todos presentar una queja formal en el CGPJ, y llenarles de quejas e inspecciones por el mal funcionamiento.
    Y a ver si así aprenden, los de arriba y los secretarios y funcionarios que usan los juzgados como si fuera su Cortijo particular.

    Animo Tristán y blogueros: A DENUNCIAR!!!

  6. en respuesta a Ciberet
    -
    Top 100
    #14
    15/04/11 14:17

    Ya está funcionando y está en la Plaza de los cubos. Pero todavía no está celebrando subasta porque ha empezado a funcionar hace muy poco.

  7. en respuesta a Kukufate
    -
    #13
    15/04/11 14:09

    Por cierto, he oído que en Madrid han creado o van a crear un nuevo juzgado especializado en ejecuciones hipotecarias (el nº100). ¿Sabéis algo? Esto aliviaría bastante el atasco de Madrid capital.

  8. en respuesta a Kukufate
    -
    Top 100
    #12
    15/04/11 12:19

    Es que no tengo ni idea porque Licitador no ha mencionado qué juzgado es. Quizá por no echar más leña al fuego.

    En cualquier caso dudo que el problema de Licitador se pudiera resolver con una reclamación ante en Decanato o el Consejo General del Poder Judicial porque en la oficina de Atención al Ciudadano, donde se puede consultar previamente a la presentación de la reclamación, ya te advierten claramente que ellos no pueden hacer nada respecto a las resoluciones judiciales, que son libres e independientes. No se si la interpretación errónea del artículo 652 de la LEC se puede o no considerar dentro de la independencia judicial.

    Respecto a mi reclamación, por ahora prefiero no mencionar el juzgado para no sumar el agravio de mencionarles en un blog público al agravio que sentirán cuando les llegue la inspección causada por mi reclamación.

  9. en respuesta a Ciberet
    -
    #11
    15/04/11 08:26

    También podría ser el 16. ¿Tristán, puedes decirlo?

  10. #10
    14/04/11 20:19

    Estoy de acuerdo en que un caso así merece una queja formal ante el CGPJ. De todas formas, antes de presentarla, mejor avisar al Secretario, por si quiere reconsiderar su postura.

  11. Top 100
    #9
    14/04/11 19:28

    Solo una pequeña aclaración: Por una interpretación errónea del texto, algunos lectores han mezclado el problema relatado en primera persona por Licitador con lo que yo cuento en el último párrafo, que es una experiencia propia.

    Sin duda la culpa ha sido mía y ya he corregido el texto para hacerlo más claro.

  12. #8
    14/04/11 16:20

    Yo llevo en Parla 8 meses después de ser firme la subasta. Una fallida notificación en el domicilio y empieza el absurdo cotidiano. Pues después de tanto pelear para que nos notifiquen por edictos la tasación de costas y la propuesta de liquidación de intereses (así lo pedíamos, de modo reiterado, en el escrito presentado), viene el Juzgado hace 2 días y acuerda publicar por edictos SÓLO la tasación de costas. Y de la liquidación de intereses, nada de nada.

    A volver a empezar.
    España Cañí.

  13. #7
    14/04/11 16:12

    Por curiosidad, ¿no pasaría el "incidente" en uno de los 2 Juzgados de Madrid capital? Lo pregunto para saber a qué se han de atener los subasteros de Madrid capital.

  14. #6
    14/04/11 13:45

    Buenos días a todos, decir que es intolerable que esta gente interprete las normas como le salga de los co...... yo ya empiezo a estar muy harto, porque los perjudicados somos nosotros y no ellos, y claro no es su dinero el que está en juego, sino le haría mucha gracia que un compañero suyo dictara resoluciones como hacen ellos. Por favor dediquénse a a juzgar y hacer ejecutar lo juzgado dejen de legislar... la Ley es suficientemente clara en estos aspectos. Yo animo a todo el mundo que como ha hecho licitador reclamen ante el Consejo General del Poder Judicial si se lesionan sus derechos de esta manera. Salu2.

  15. #5
    14/04/11 10:30

    Ellos se lo guisan y ellos se lo comen, tan solo ver por ejemplo en muchas webs de bancos lo que ofrecen en pisos, ¿No salen mejores? Si pero en la subasta se lo quedan los "amiguetes" del que subasta o de la entidad... Negociando con las desgracias ajenas

  16. #4
    14/04/11 10:11

    Para mi, conceptos como prevaricación son palabras mayores, que sólo utilizaría si tengo las cosas muy pero que muy claras. Ahora bien, demandar a un juez o un secretario judicial por responsabilidad civil es totalmente viable aunque sólo sea para reclamar los intereses de esas cantidades si es que no se puede demostrar un daño superior como consecuencia de sus actos. Una queja ante el CGPJ no está de más para ver si les dan un estirón de orejas.

  17. #3
    14/04/11 09:42

    Inexplicable, sólo se justifica por:"... ese "lado oscuro" judicial que les lleva a jueces y secretarios judiciales a creerse que están por encima del bien y del mal".
    Así es y nadie lo remedia.

  18. #2
    14/04/11 00:04

    Yo esto lo pondría en manos de un buen abogado. Licitador te tendrías que haber llevado una nariz de payaso, así no desentonarías con la función.
    Por otro lado, 11 meses para el testimonio, cuando te lo den que esté todo en orden y lo registres sin problemas. Si hay que lanzarlos en ¿cuánto te metes para la posesión? A este paso antes de 3 años no entras en el piso, no es normal. Las negligencias médicas se pagan, los daños y perjuicios que causan las negligencias judiciales no te las paga nadie.

  19. Top 100
    #1
    13/04/11 23:54

    Joder, Tristán, ya era hora de que escribieras algo, compi, que se te echaba de menos.

    Respecto del artículo de hoy, pues que te voy a decir. Que esta secretaria actúa de una manera muy poco profesional, confundiendo autoridad con autoritarismo y incurriendo al menos en abuso de autoridad, bajo mi punto de vista.

    Un saludo.


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