Re: ¿Dónde invierto mi dinero?
Hola Miguel Ángel,
Aquí va mi ayuda y sugerencia:
Lo primero decirte que no existe ninguna inversión “todo siempre asegurado, sin pérdidas”. Toda inversión tiene un riesgo. El que te diga lo contrario miente o no conoce de lo que habla.
En España, los depósitos a plazo fijo bancarios están cubiertos por el banco. Si el banco quiebra, por el Fondo de Garantía de Depósitos en Establecimientos Bancarios (FGDEB) hasta los 100.000 Euros.
Información completa y detallada en:
http://es.wikipedia.org/wiki/Fondo_de_garant%C3%ADa_de_dep%C3%B3sitos_%28Espa%C3%B1a%29
El FGDEB está pensado para una quiebra puntual de algún banco (mira el aprovisionamiento del fondo). En caso de una quiebra de varios bancos, el FGDEB, no podría devolver el dinero a todos.
El riesgo existe, la razón por la que algunos están recolocando su patrimonio fuera de España es por esta razón. Tienen miedo a que el sistema quiebre y no puedan recuperar su dinero.
¿Qué otros vehículos de inversión hay disponibles para protegerte de este riesgo sin salir de España?
Fondos de Inversión que invierten fuera de España por ejemplo. Cuando dices: “He oído de gente que dice que ing o otro, tienen 1 modelo que no pagas esos impuestos.”, creo que se referían a la tributación de los fondos de inversión:
(Resumen: Con los Fondos solo tributas cuando sacas el dinero (reembolso) o lo pasas (transmisión) y solo por las ganancias vs depósito a plazo fijo donde tributas todos los años)
Una buena cartera de fondos puede ser un buen vehículo de inversión a medio/largo plazo.
Mi recomendación:
-Asesórate por una entidad financiera Independiente.
-Conoce todas las posibilidades disponibles de inversión (si no conoces algo es imposible que te guste).
-Espacio temporal de la inversión. (Estrategia de entrada y salida)
-Diversifica el patrimonio que quieras invertir.
-Conócete a ti mismo como inversor, haz un test de idoneidad y otro de conveniencia….además de obligado cumplimiento por la normativa Mifid.
Respecto a la tributación de los depósitos a plazo fijo en tu caso: Tendrías una retención del 21% (por el banco) por cada uno…pero a la hora del IRPF, tributarías por el 25% (pagando la diferencia del 4%).
Saludos,
Francisco Durbán