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Deudas del anterior propietario de inmueble

8 respuestas
Deudas del anterior propietario de inmueble
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Deudas del anterior propietario de inmueble
#1

Deudas del anterior propietario de inmueble

Buenas tardes, una persona que compra un piso debe responder de las deudas de luz, agua, etc, del anterior propietario del inmueble?? y en base a que artículos?? 
Gracias de antemano!!!

 

#2

Re: Deudas del anterior propietario de inmueble

El nuevo propietario no debería responder a esas deudas. Lo normal es que el propietario anterior demuestre que está al día del pago de todos los suministros, gastos de la comunidad, etc. La vivienda debe entregarse libre de cualquier carga a menos que se estipule lo contrario en el contrato de compra-venta.

Saludos

#3

Re: Deudas del anterior propietario de inmueble

Buenos días,una cuestión relacionada con este tema:

¿Las deudas se extinguen con la muerte de la persona deudora o pasan a sus descendientes?Es decir ¿si muere mi padre,por ejemplo, sus deudas las tengo que pagar yo?

Un saludo.

#4

Re: Deudas del anterior propietario de inmueble

Creo que el tema, en realidad, tiene poco que ver. Te recomiendo que abras un hilo nuevo con la consulta en el foro de Fiscalidad.

Sin ser un experto creo que si no aceptas la herencia nunca podrán exigirte las deudas de tu padre. Aceptando la herencia ya no lo tengo tan claro.

Saludos

#5

Re: Deudas del anterior propietario de inmueble

Ok gracias y perdón por la torpeza

#6

Re: Deudas del anterior propietario de inmueble

No hay nada que perdonar. :-D

#7

Re: Deudas del anterior propietario de inmueble

Yo si lo tengo claro, si aceptas una herencia aceptas 4 cosas, a favor los bienes y derechos y en contra las deudas y obligaciones. La herencia se acepta o no se acepta, no es posible aceptar "a partes", con una sola excepción que comento al final .... pongamos un ejemplo, una casa con hipoteca, acepto la herencia de la casa, pero no quiero saber nada de la hipoteca, eso no es posible, puedes aceptar la herencia o no aceptarla.

Cosa distinta es que uno cuando sea propietario de la casa haga un nuevo contrato de sumunistros, las compañías no se enteren de que es una herencia, no revisen bien el título de propiedad y te hagan un nuevo contrato, o no se quieran liar con reclamaciones legales. 

La única excepción es aceptar "beneficio de inventario", que supone que uno no pagará nada que exceda a lo que reciba y con  lo que reciba. 

#8

Re: Deudas del anterior propietario de inmueble

creo que esto ya se ha discutido en alguna ocasión.
Los contratos de suministro son personales, es quien lo firma quien tiene obligación de pagar las deudas.

Ahora bien, si el nuevo inquilino/propietario pide simplemente un cambio de titularidad, se está subrogando en los derechos y obligaciones del anterior titular, y por ahí es por donde te agarran las compañías, ya que la gente, por comodidad, es lo que hace muchas veces.

Para cerciorarte de que no tienes que pagar las deudas, debes pedir el alta de un nuevo contrato; pero en caso de existir deudas, las compañías pueden tratar de hacerte la vida imposible o disuadirte, por ejemplo en el caso de la electricidad revisando minuciosamente que la instalación cumple las condiciones de la legislación vigente, lo que puede suponer para una instalación antigua tener que efectuar reformas, obtener un nuevo boletín del instalador,etc.

 

En el caso de deudas con la Comunidad de vecinos, la vivienda responde por las deudas anteriores a la compra del año de la compra y los 3 anteriores (es decir, no pueden embargar el sueldo al nuevo propietario por las deudas del anterior dueño, pero sí la propia vivienda).

#9

Re: Deudas del anterior propietario de inmueble

En realidad ha sido un embargo por el banco, sigue respondiendo el anterior propietario? 

Es decir, el antiguo propietario no cambio la titularidad del contrato de suministro, y el banco tampoco, responde de las deudas el primero? Cómo prescriben esas deudas?