SUPUESTAMENTE, deberías cobrar lo que te diga la carta + el 15% adicional en cada uno de los meses adeudados. Ya que no tenemos el plus del cheque de 200 euros, sí que tenemos el +15% hasta diciembre 2022.
De hecho, los que ahora estén cobrando un IMV bajo porque en la actualización de diciembre 2021 les bajó el importe mensual y, cuando toque revisión ahora en diciembre de 2022 con base en la renta del ejercicio 2021 les vuelva a su valor más o menos completo en función de su unidad de convivencia, a esas personas los ATRASOS que nos adeuden y nos liquidarán a partir de mayo 2023 deben incluir el 15% en los meses desde abril 2022 a diciembre 2022, por lo que habrá que estar pendientes.