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Subsidio de 52 - opciones

18 respuestas
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#16

Re: Subsidio de 52 - opciones

Gracias por tu respuesta. Se trata de un fondo de pensiones y tu respuesta es totalmente aclaratoria. Quería asegurarme, pues en el SEPE me dice que haga primero  la operación  y luego presente los datos de la misma para que ellos la estimen, lo cual me parece un riesgo si al final hay problemas. 

De los otros productos que comentas,, ¿Como puedo saber si me están imputado el 3,25% todos los meses?. Tengo un par de pequeños fondos desde hace tiempo que como mucho han tenido algún traspaso, pero no han generado plusvalías ni rentas reales. Pregunté al SEPE y me dijeron que el rendimiento presunto no lo calculaban para nadie (solo rentas), pero no me trasmitió mucha seguridad el interlocutor(fue en las oficinas de Alcalá de Henares). Ellos tienen mi declaración de la renta anual para consultar cada año y en el momento de la solicitud del subsidio les presenté toda la información que me solicitaron. No he contratado ningún producto financiero nuevo durante el subsidio, solo traspasos entre productos ya contratados anteriormente . ¿Debo hacer algo más?.
#17

Re: Subsidio de 52 - opciones

Si supera rentas debe comunicarlo, en caso contrario todo correcto.
La Ley situación la obligación de declararlo en el lado del subsidiado y no la obligación del SEPE de descubrirlo

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#18

Re: Subsidio de 52 - opciones

Ok, gracias.

Lejos de superar rentas.
#19

Re: Subsidio de 52 - opciones

Hola compañero, tengo una duda a ver si tu me puedes ayudar: estoy cobrando el subsidio para mayores de 52 años que me han concedido desde el mes de junio incluido, a razón de 480 euros al mes, y también cobro el ingreso mínimo vital a razón de 124 euros mes, pero me debía el ingreso mínimo vital unos atrasos y en el mes de octubre he tenido una nómina de casi 3.000 euros: ¿debo de notificar al SEPE esto, o los atrasos del ingreso mínimo vital no computan? Y en caso de que deba de notificarlo, ¿cuando? ¿ahora de forma inmediata por haber tenido ese mes esa cuantía, o en la DAR que haga cuando cumpla un año EN JUNIO DE 2025 de que esté cobrando el subsidio para mayores de 52 años? muchas GRACIAS