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Multas ya se cobran por imv - Ingreso mínimo vital

7 respuestas
Multas ya se cobran por imv - Ingreso mínimo vital
Multas ya se cobran por imv - Ingreso mínimo vital
#1

Multas ya se cobran por imv - Ingreso mínimo vital

Buenas tardes.ayer recibí una carta del ayuntamiento diciéndome en enero se cobran la multa k tengo del coche de la nomina del ingreso mínimo vital
#2

Re: Multas ya se cobran por imv - Ingreso mínimo vital

que raro yo tenia entedio de que no se podia desconectar las multa de agencias tributaria Ayuntamiento ect
#3

Re: Multas ya se cobran por imv - Ingreso mínimo vital

Yo tengo por hscienda y opae en multas más 10mil pavos y jamás del imv me han descontado un céntimo si no superas el mínimo interprofesional cero si pasas de 1070 más de lo que cobras de más del imv de tu cuantía solo pueden coger un tanto por ciento es decir menos de 1070 de imv nada te tocan cobras de imv pir ejemplo 1500 pues de 470 de más del mínimo un tanto por ciento 
#4

Re: Multas ya se cobran por imv - Ingreso mínimo vital

Lo único que si hace hscienda si les debes dineto a ellos a los juzgados a los ayuntamientos es su haces la declaración y te toca que te devuelvan como a mi los 2400 de familia numerosa no te Dan un pavo y te lo restan a la deuda si solo debes por ejemplo 1000 pues te Dan los otros 1400 sabes eso si lo hacen a mi los 2400 de familia numerosa me lo han quitado no dado 4 años y e pagsfo la deuda de hsy 
#5

Re: Multas ya se cobran por imv - Ingreso mínimo vital

Poes amarra bien los pavos k lla lo tocan antes no decíamos  el ingreso mínimo vital no lo tocan ami me avenido una carta del ayuntamiento diendome k en enero me deskitan 100€ 
#6

Re: Multas ya se cobran por imv - Ingreso mínimo vital

Claro de cualkiera prestación si pasas del interprofesional lo embargan ellos solo quieren pasta y a quien mejor que a los pobres para robarnos la 
#7

Re: Multas ya se cobran por imv - Ingreso mínimo vital

Da igual la prestación. Si es inenmargable algo como el imv, si aparece más dinero, lo sacan, no?
#8

Re: Multas ya se cobran por imv - Ingreso mínimo vital

Artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil: "es inembargable el salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente, que no exceda de la cuantía señalada para el salario mínimo interprofesional"

Las cantidades embargables irán en función de los saldos e ingresos conforme al siguiente escalado:
  • 1.- Para la primera cuantía adicional hasta la que suponga el importe del doble del salario mínimo interprofesional, el 30 por 100.
  • 2.- Para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un tercer salario mínimo interprofesional, el 50 por 100.
  • 3.- Para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un cuarto salario mínimo interprofesional, el 60 por 100.
  • 4.- Cuarto: Para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un quinto salario mínimo interprofesional, el 75 por 100.
  • 5.- Para cualquier cantidad que exceda de la anterior cuantía, el 90 por 100.
 
Luego hay matices, como por ejemplo el embargo por impago de pensiones de alimentos, que no se ciñe a esas reglas y el mínimo inembargable no es el SMI en vigor, sino la cantidad que dictamine el juzgado, pero vamos, que eso es otra historia...