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Rai - Ingreso mínimo vital

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Rai - Ingreso mínimo vital
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Rai - Ingreso mínimo vital
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#16

Re: Rai - Ingreso mínimo vital

De nada y suerte,pero la deuda si es que la generas no la exigen de inmediato,tardan de media un par de años..saludos
#17

Re: Rai - Ingreso mínimo vital

Te baja porque esa es la cantidad real que deberían haberte ido pagando el año en curso, porque se basan en los ingresos del año anterior declarados en Hacienda mediante tu IRPF, descontándotelos del máximo de IMV que te corresponda, lo cual significa que cada mes te han ido pagando de más (la diferencia) y evidentemente te tocará devolverlo cuando te lo pidan.

De la misma forma ocurre al revés, que te suba y, por tanto, tengas derecho a que te abonen dicha diferencia no cobrada de cada mes del año en curso, con el detalle de que los ATRASOS o bien te los abonan de golpe o en unos meses (abril del año siguiente) y las DEUDAS por cobros indebidos te las reclaman dentro de un par de años.
#18

Re: Rai - Ingreso mínimo vital

Muchas gracias por tu re puesta Ritekg5.
Lo que sigo sin comprender es lo de DEVOLVER. Es decir, si te bajan la cuantía al año siguiente porque has obtenido otros ingresos a parte del IMV, no significa que ya estás pagando por esos ingresos de más? Qué es lo que tienes que devolver además de que te lo bajen?
Disculpa mi ignorancia 🙏.
Podrías poner un ejemplo para un Autónomo con bajos ingresos? Por ejemplo unos 3600€ al año. Cómo quedaría todo, supongamos durante 2 años así.
Muchas gracias y saludos!!
#19

Re: Rai - Ingreso mínimo vital

Te baja porque es lo que deberías haber estado percibiendo ese año basándose en los ingresos del año pasado, con lo que además debes devolver la diferencia (los famosos cobros indebidos que reclaman un par de años después porque has estado cobrando "de más") y si al año que viene, cuando te miren con los ingresos de este año, tiene que subirte, pues te sube, también tiene efecto retroactivo y es la Seguridad Social quien ahora te debe a ti (los famosos ATRASOS, que últimamente están pagando el mismo mes de la subida o al mes siguiente).

Una persona que cobre el máximo de IMV y obtenga 3600 € de ingresos como autónomo, pues deberá devolver esos mismos ingresos porque le bajará ese importe su IMV, porque las cuentas para la actualización es siempre lo que te corresponda anualmente para tu unidad de convivencia de IMV (el máximo) menos los ingresos que tuviste el año pasado, así de sencillo.

Que luego, como está siendo el caso, te puedas beneficiar si cumples ciertos criterios de que te bonifiquen una parte de esos ingresos y no tengas que devolverlos por completo gracias al mecanismo de cálculo del sistema de incentivos al empleo del IMV es aparte, porque no todos se pueden beneficiar del mismo, ya que tienes que cumplir el criterio de haber obtenido más de 2000€ de ingresos y que dichos ingresos fuesen superiores a los del año anterior, siendo además dicha bonificación variable por tramos.
#20

Re: Rai - Ingreso mínimo vital

A ver.
Como la actualización la hacen( este año) en octubre,te ponen la cantidad que has debido cobrar durante todos los meses anteriores de este año...Imagina que en esta actualización te sale que debes cobrar 400 euros pero desde enero a septiembre has cobrado 600.
A) Te bajan porque mirando tus ingresos de 2023 han visto que te correspondería cobrar esos 400 euros

B)  Los cobros indebidos que te van a exigir son los 200 euros al mes que has estado cobrando de más esos primeros meses del año,es decir 200 x 9= 1800 euros
#21

Re: Rai - Ingreso mínimo vital

Pues vaya lío 🤯. En resumen, que para lo que te beneficia el IMV y trabajar, sería más bien para la cotización, debido a que tienes que devolver lo que has ganado.
Pues muchas gracias por las aclaraciones, porque no entendía por qué tenías que devolver y ademas que te bajase la cuota.
Un saludo!!
#22

Re: Rai - Ingreso mínimo vital

Perfecto, entendido!! Muchas gracias por vuestros aporte. Son de muchas ayuda de verdad.
Un saludo!!
#23

Re: Rai - Ingreso mínimo vital

Buenos días, me ha surgido una duda respecto al RAI. Ayer vi una noticia en la que si se tiene derecho a percibir la RAI, y no se ha solicitado, la Seguridad Social puede pedir cobros indebidos desde esa situación. Me ha sorprendido mucho, pues yo pensaba que antes de solicitar el IMV era obligatorio solicitar todas las ayudas a las que se tuviese derecho, y así lo hice, no sabía nada de que hubiese que solicitarse si más adelante se tuviese ese derecho. Yo la RAI no la solicité antes de solicitar el IMV, pues no cumplía los requisitos, en estos momentos creo que cumplo algunos pues me dieron una discapacidad, aunque el requisito de búsqueda activa de empleo BAE, no lo tengo, por motivos de salud desde hace tiempo . En definitiva , me he llevado una sorpresa con esta noticia, y ahora no sé si debo solicitar la RAI o no. Tampoco entiendo si es obligatorio solicitarla para después tener cobros indebidos. Está ayuda es para darte un infarto con tanto susto. Si vd o alguien me puede sacar de la duda. Muchas gracias 
#24

Re: Rai - Ingreso mínimo vital

Sin darme enlace a la fuente de esa noticia no sabría decirte, aunque a bote pronto me extraña que todo eso sea así tal cual comentas... no pueden pedirte cobros indebidos de algo que no hayas solicitado y cobrado; los cobros indebidos del IMV provienen de haber percibido dicha prestación cobrando un importe superior al que te corresponde y dado que la revisión de lo que realmente te corresponde mes a mes de IMV se produce en octubre / noviembre de cada año revisándose la última declaración de la renta, cruzando datos con Hacienda y descontándote los ingresos que corresponda, pues tiene efecto retroactivo sobre todas las mensualidades percibidas de IMV ese año, de forma que si te baja el IMV es porque determinan que te corresponde menos y esa diferencia mensual es lo que luego al cabo de unos años te reclaman.
#25

Re: Rai - Ingreso mínimo vital

Buenos días, me ha surgido una duda respecto al RAI. Ayer vi una noticia en la que si se tiene derecho a percibir la RAI, y no se ha solicitado, la Seguridad Social puede pedir cobros indebidos desde esa situación. Me ha sorprendido mucho, pues yo pensaba que antes de solicitar el IMV era obligatorio solicitar todas las ayudas a las que se tuviese derecho, y así lo hice, no sabía nada de que hubiese que solicitarse si más adelante se tuviese ese derecho. Yo la RAI no la solicité antes de solicitar el IMV, pues no cumplía los requisitos, en estos momentos creo que cumplo algunos pues me dieron una discapacidad, aunque el requisito de búsqueda activa de empleo BAE, no lo tengo, por motivos de salud desde hace tiempo . En definitiva , me he llevado una sorpresa con esta noticia, y ahora no sé si debo solicitar la RAI o no. Tampoco entiendo si es obligatorio solicitarla para después tener cobros indebidos. Está ayuda es para darte un infarto con tanto susto. Si vd o alguien me puede sacar de la duda. Muchas gracias muchas gracias, pero no se enviar el enlace, veré si lo puedo enviar 
#26

Re: Rai - Ingreso mínimo vital

https://youtu.be/jeZTPBwGiqo?si creo que esta es la noticia 
#27

Re: Rai - Ingreso mínimo vital

No entiendo...cuál es la novedad?
 *Que están cobrando los cobros indebidos del 2021... Pues no están cobrando los cobros indebidos del año 202,21 y 22... Y empezaron en marzo va con retraso está noticia
 * Que van a obligar a pedir la Rai... Pues no... Porque la Rai desaparece a partir del 1 de Noviembre
.me puedes decir en que noticia es la que crees 
#28

Re: Rai - Ingreso mínimo vital

Buenas tardes, me dejó preocupado la noticia de que podrían pedir cobros indebidos por no haber solicitado en su momento la RAI. Tal vez no debiera haber dado crédito a esta noticia. Muchas gracias 
#29

Re: Rai - Ingreso mínimo vital

Tal vez no debiera haber dado crédito a esta noticia 
Más bien coger lo que se dice con pinzas e interpretarlo adecuadamente... claro que desaparecen algunos subsidios del SEPE en favor del IMV, porque la idea es que la gente dependa del IMV en esos casos.
#30

Re: Rai - Ingreso mínimo vital

Muchas gracias