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IMV y ventas en plataformas de segunda mano - Ingreso mínimo vital
Aunque ya abrí un hilo sobre este tema hace unas semanas, no me queda nada claro cómo afecta o podría afectar la venta de artículos de segunda mano a los perceptores del IMV de cara a la Declaración de la Renta ni si debo declararlo o no. Suponiendo que alguien, para sacarse unas perillas, venda artículos de segunda mano de su propiedad, de manera no profesional (es decir, sin estar dado de alto como autónomo ni poseer ninguna empresa), haya hecho más de 30 ventas en un año y haya ganado 1500 euros (por poner un ejemplo), ¿está obligado a declararlo o no hace falta? ¿Y si supera los 2000 euros?
Según tengo entendido, no es obligatorio ni necesario declarar las ventas de segunda mano, ni siquiera si superan los 2000 € al año, al no tratarse de una actividad profesional. Pero como la información no está del todo clara, no sé si es conveniente declararlos o no. Mi duda es si, declarándolos, luego la Seguridad Social descontará del IMV las ganancias por ventas de segunda mano al considerarlas "ingresos", con lo cual se daría una situación bastante curiosa: uno se quedaría sin el objeto vendido y sin el dinero, con lo cual sólo obtendría pérdidas por las ventas. Y si no se declarán, no está claro si tendrán una repercusión sobre el IMV, porque quién sabe lo que consideran "ingresos" o no.
¿Declarar o no declarar? Ésa es la cuestión. Porque si lo declaras, igual resulta que no era necesario hacerlo y luego te restan del IMV lo que hayas ganado. Y si no lo declaras, igual resulta que tenías que declararlo y te multan, te quitan el IMV o vaya usted a saber.
Mis únicos ingresos provienen del IMV y aparte de eso he ganado unos cuantos cientos de euros al año vendiendo cosas mías de segunda mano, y ahora temo que me vayan a descontar eso del IMV el próximo año. Tal como están las cosas, creo que voy a dejar de vender nada.
Según tengo entendido, no es obligatorio ni necesario declarar las ventas de segunda mano, ni siquiera si superan los 2000 € al año, al no tratarse de una actividad profesional. Pero como la información no está del todo clara, no sé si es conveniente declararlos o no. Mi duda es si, declarándolos, luego la Seguridad Social descontará del IMV las ganancias por ventas de segunda mano al considerarlas "ingresos", con lo cual se daría una situación bastante curiosa: uno se quedaría sin el objeto vendido y sin el dinero, con lo cual sólo obtendría pérdidas por las ventas. Y si no se declarán, no está claro si tendrán una repercusión sobre el IMV, porque quién sabe lo que consideran "ingresos" o no.
¿Declarar o no declarar? Ésa es la cuestión. Porque si lo declaras, igual resulta que no era necesario hacerlo y luego te restan del IMV lo que hayas ganado. Y si no lo declaras, igual resulta que tenías que declararlo y te multan, te quitan el IMV o vaya usted a saber.
Mis únicos ingresos provienen del IMV y aparte de eso he ganado unos cuantos cientos de euros al año vendiendo cosas mías de segunda mano, y ahora temo que me vayan a descontar eso del IMV el próximo año. Tal como están las cosas, creo que voy a dejar de vender nada.