Vamos a ver, a ti te han concedido el IMV como beneficiario/a junto a otras personas que forman tu unidad de convivencia, que son quienes indicaste en tu solicitud, una más ni una menos... esas son quienes ante la Seguridad Social tienen obligación de realizar el IRPF además de tu mismo/a.
Que mientras te concedían el IMV o después, alguien se fue de dicha unidad de convivencia por fallecimiento o lo que sea, o se incorporó (por ejemplo, un bebe), pues además de comunicar a la Seguridad Social dicho cambio en tu unidad de convivencia, deben realizar el correspondiente IRPF también.
¿Que convives con alguien, pero no lo incluiste en el IMV y aun así te lo han concedido?, bueno, pues en principio esa otra persona no tiene esa obligación, pero cuando crucen datos de empadronamiento si no hay documento que justifique que forma otra unidad de convivencia diferente aparte de la tuya verán sus ingresos y serán considerados para ajustarte el IMV, además de que te podrían pedir antes o después identificar que tipo de relación mantienes con esa(s) otra(s) persona(s).