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Gastos primer y segundo año de una sociedad limitada sin actividad

5 respuestas
Gastos primer y segundo año de una sociedad limitada sin actividad
Gastos primer y segundo año de una sociedad limitada sin actividad
#1

Gastos primer y segundo año de una sociedad limitada sin actividad

Buenos días, quisiera realizar tres preguntas porque soy nuevo y ando un poco perdido.

PREGUNTA 1 - Proximamente, voy a constituir una SL con unos amigos, siendo en total 4 socios incluyéndome a mi.
Quisiera saber si los gastos de constitución son los siguientes (lo he sacado de una web desconocida):

COSTES EXTERNOS DERIVADOS DE LA CONSTITUCIÓN DE UNA SOCIEDAD LIMITADA

1.- CERTIFICACIÓN DE DENOMINACIÓN SOCIAL

El coste por mensajería viene a ser de: Registro 13,94 € + Mensajero 11,94 € = 25,88 €

2.- REDACCIÓN E INSCRIPCIÓN DE LA ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN
(Incluye redacción de los estatutos y firma notarial)

El coste de la notaría para una sociedad limitada de 3.006 Euros el coste es de 210,45 € en notaría.
Para otro tipo de sociedades va en función de la cifra de capital social y del número de socios.

3.- LIQUIDACIÓN DEL ITP y AJD

Impuesto de Transmisiones Patrimoniales e Impuesto de Actos Jurídicos.
Es el 1% del Capital Social
Para una Sociedad Limitada de Capital Social 3.006 euros serían 30,06 €.

4.- INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO MERCANTIL

Aproximadamente 123,78 € (esta cifra puede variar en función de las características de la empresa).

5.- LEGALIZACIÓN Y SELLADO DE LIBROS EN REGISTRO MERCANTIL

Instancia en Registro Mercantil= 0,30 €

Libro de actas y socios = 30,10 €

Legalización de los libros en registro mercantil= 19,52 €

COSTES TOTALES APROXIMADOS = 440,09 €
(para una empresa de capital social 3.006 €)

PREGUNTA 2: He leído en algunos sitios que una sociedad limitada tiene que tener contratada a una persona mínimo con la función de "administrador". ¿Es esto cierto?. ¿Si no tiene actividad también?

PREGUNTA 3: Como explico al comienzo vamos a constituirnos, sin embargo, nos va a llevar algún tiempo conseguir los primeros clientes. Por ello, quisiera conocer los gastos anuales que tendría para la SL, si aún no tiene actividad, excluyendo los gastos de constitución. En este sentido he leído que debemos de pagar el impuesto de sociedades que es 0 (aquí habría que incluir lo que nos lleve la gestoría ya que hay que presentarlo por vía telemática. Y también habría que pagar unos 75e en concepto de las cuentas anuales entre la legitimación de firma, presentación de cuentas y publicación en el BORME.

Agradeceré cualquier ayuda.

Muchas gracias.

#3

Re: Gastos primer y segundo año de una sociedad limitada sin actividad

La sociedad no puede permanecer sin administrador. Una opción sería que fuerais los cuatro administradores y tendriaís los mismos derechos y obligaciones.

 

#4

Re: Gastos primer y segundo año de una sociedad limitada sin actividad

pero ¿el administrador tiene que ser contratado aunque seamos nosotros o simplemente uno de nosotros asume la función de administrador?

#5

Re: Gastos primer y segundo año de una sociedad limitada sin actividad

Gracias, voy a echarlo un ojo.

#6

Re: Gastos primer y segundo año de una sociedad limitada sin actividad

Hay alguna jurisprudencia que indica que la existencia de un administrador con alta en el RETA es inherente al desarrollo efectivo de la actividad económica, no a la mera existencia de la SL.

Pero es un asunto controvertido, y la TGSS interpreta que tomar ciertas decisiones propias de la gestión de la SL (las propias e inherentes a la constitución de la misma, por ejemplo), ya implican un efectivo ejercicio de la función de administración, y por tanto, la obligación del RETA para el/los administrador/es.

Además, este año ha subido la base mínima de cotización para los autónomos societarios (los administradores), y asciende a algo más de 300 €/mes por persona.

El administrador NUNCA es contratado, es designado o nombrado. No tiene una vinculación de dependencia respecto de la sociedad, sino una vinculación orgánica-mercantil. El administrador, como persona física, refunde en sí mismo las acciones y prerrogativas de la sociedad como tal.

Y en una mercantil, siempre debe existir órgano de administración. Se le pueden capar mucho las funciones ejecutivas, dejando la mayor parte en manos de la Junta. Pero eso es poco práctico. Para eso de un funcionamiento cuasi-asambleario, mejor constituir una cooperativa.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

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