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Cotizacion servicio domestico

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Cotizacion servicio domestico
Cotizacion servicio domestico
#1

Cotizacion servicio domestico

Hola a todos, cada vez que tengo una duda acerca de todo lo relacionado con leyes y demás cosas pues obtengo la ayuda necesaria. y sin enrollarme mas quisiera exponerles una duda acerca de la situación por la que esta pasando mi madre.

Resulta que mi madre ejerce como empleada domestica en Madrid y va cada día de la semana excluyendo viernes, sábado y domingo cada día 3 horas lo que equivale a 12 horas a la semana con un sueldo de 400 euros, de lo que la empleadora le descuenta 100 euros en concepto de cotización a la seguridad social, no se si esto puede ser correcto o legal ya que ahora mi madre esta a la espera de poder recibir su jubilación pero le dicen que los trabajadores de media jornada no están incluidos, lo que ocurre es que mi madre un tiempo cotizaba como jornada completa ingresando el dinero ella misma, mejor dicho ella misma se pagaba la cotización, pero ahora resulta que hay una nueva ley en la que hacer eso ya no es factible, lo que se le aproxima a eso es el régimen especial, en resumen ella quiere cotizar para que en su jubilación le corresponda una pensión aceptable.

por cierto una cosa mas, no sabran si existen en Madrid asesoría laborales gratuitas o de pago no me importa en el que uno se pueda hacer socio, pero que te asesoren correctamente.

gracias de antemano.

#2

Re: Cotizacion servicio domestico

Eso de que a empleadora descuente íntegra la cuota empresarial de las retribuciones de la trabajadora, muy legal no es. Pero como en neto resultante sigue siendo superior al salario mínimo...

¿Hay algún tipo de contrato o documento firmado?

Sobre la jubilación, supongo que te refieres a la jubilación anticipada. Hay unos cuantos requisitos, años mínimos cotizados, que el resultante de la pensión reducida no sea inferior a la mínima, etc etc. Puede que simplemente no tenga suficientes cotizaciones, ni por suficiente importe, acumuladas.

La jubilación ordinaria, cuando llegue a la edad, si tiene al menos 15 años cotizados, no debe tener ningún problema. 

Hacer cotizaciones complementarias para que te quede una pensión más elevada, legalmente solo se puede hacer mediante un Convenio Especial. Deberíais consultar a la Tesorería si puede suscribirlo, y hacer una simulación para ver si sale a cuenta o no. 

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

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