Las rentas a declarar son las cobradas en el 2012. Si con anterioridad esta vivienda era de tu titularidad, por los meses sin alquiler tendras de declararlo como renta imputada ( A disposición del titular).
Como Gastos deducibles , estos serán en proporción al periodo del año alquilado 4/12 de los siguientes Gastos : IBI -Tasas - Comunidad Propietarios - Seguros -Amortización 3% sobre valor catastral edificación (no suelo) -.
Si se ha tenido que hacer reparaciones o adecuaciones para alquilar la vivienda , estos gastos también serán imputados en su totalidad, con ciertos limites fiscales.
Si el inquilino tiene esta vivienda como domicilio habitual (no temporada) sobre el NETO podrás aplicar una reducción del 60% y si es menor de 30 años del 100% siempre que tenga rentas superiores al IPREM.
Saludos