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Cooperativa de trabajo asociado de venta ambulante: dudas

12 respuestas
Cooperativa de trabajo asociado de venta ambulante: dudas
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Cooperativa de trabajo asociado de venta ambulante: dudas
#1

Cooperativa de trabajo asociado de venta ambulante: dudas

Supongamos una cooperativa de trabajo asociado de venta ambulante que se crea sólo para pagar menos a la Seguridad Social y evitar que los vendedores hagan declaraciones trimestrales y paguen módulos. No hay que suponer mucho, creo que se hace solo por eso. En ese supuesto, en el que en realidad la cooperativa no recibe ni ingresos ni gastos ¿cómo paga el anticipo mensual a los cooperativistas? Entiendo que la cooperativa tampoco hace declaraciones trimestrales (no paga ni recibe IVA porque la actividad es comercio) ¿qué obligaciones fiscales tiene, solo el impuesto de sociedades al final del ejercicio? Y en ese caso ¿qué ingresos y qué gastos declara? ¿Hay que hacer la ficción/engaño de que recibe ventas de los socios y luego las reparte mediante el anticipo? ¿Hay que retener en el anticipo? Soy un mar de dudas. Gracias

#2

Re: Cooperativa de trabajo asociado de venta ambulante: dudas

Buenos días,
Si la cooperativa se dedica al comercio, hay que pagar el impuesto de la renta.
Aunque no paguen el impuesto del IVA, sí que existe la obligación de presentar las declaraciones por las retenciones. De no ser así, pueden ser sancionados.
Un saludo.

#3

Re: Cooperativa de trabajo asociado de venta ambulante: dudas

Gracias Bic. Entiendo que la cooperativa pagaría el impuesto de sociedades (desconozco sobre qué cantidades, si solo trabajan los trabajadores y ellos les cobran directamente a los compradores) y cada trabajador el IRPF, como es lógico. ¿Quién hace las retenciones? ¿Sobre qué, si no hay salario, sobre el anticipo? ¿Y de donde recibe la cooperativa el anticipo?

#4

Re: Cooperativa de trabajo asociado de venta ambulante: dudas

Hola,

esta página puede servirte de ayuda: http://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Segmentos_Usuarios/Empresas_y_profesionales/Foro_grandes_empresas/Criterios_generales/Consideraciones_entida_merc.pdf

Concretamente el 3.1 responde a alguna de tus preguntas.

Efectivamente, los anticipos laborales se consideran rendimientos de trabajo.

Saludos.

#5

Re: Cooperativa de trabajo asociado de venta ambulante: dudas

Muchísimas gracias Bic. Una duda despejada: sobre el anticipo la cooperativa debe retener. El problema es que para que la cooperativa pueda "dar" un anticipo a cuenta de los resultados debe "recibir" de su actividad. En una cooperativa para recolectar aceitunas el trabajador recoge las aceitunas, las lleva a la cooperativa y le pagan porque la propia cooperativa sabe el margen que va a obtener con la reventa. Pero en una cooperativa de trabajo en la que el vendedor ambulante trabaja vendiendo a terceros el producto que él mismo compra y no entrega nada a la cooperativa no se de qué modo legal funciona, ni se en qué consiste la actividad de la cooperativa.

#6

Re: Cooperativa de trabajo asociado de venta ambulante: dudas

Buenos días,
http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/CotizacionRecaudaci10777/Regimenes/RegimenEspecialTrab10724/TrabAutInfoGen2k9/DebeCoti2k9Cuant/index.htm
"Los socios trabajadores de Cooperativas de Trabajo Asociado dedicados a la venta ambulante, que perciban ingresos directamente de los compradores, quedarán incluidos, a efectos de la Seguridad Social, en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos. [...]"

#7

Re: Cooperativa de trabajo asociado de venta ambulante: dudas

Gracias Bic. Ese es el supuesto concreto del que yo hablo y ese es el encuadramiento en Seguridad Social. Lo que me falta por saber es en esa situación concreta qué relación hay entre cooperativista y Cooperativa. ¿El cooperativista entrega el importe a la cooperativa y luego ésta se lo reintegra como anticipo? ¿De donde recibe el dinero la cooperativa para pagarle el anticipo si el importe que perciben los socios se lo quedan ellos? Perdón por la pesadez

#8

Re: Cooperativa de trabajo asociado de venta ambulante: dudas

Buenos días,
el funcionamiento de la sociedad debe constar en los estatutos de la misma, redactados en su fundación. La cooperativa recibe aportaciones de los cooperativistas según lo pactado en dichos estatutos.
Puede tener resultados cooperativos, cuya base imponible consta de sus ingresos (cuotas de socios, actividad cooperativizada del socio, subvenciones, rendimientos como socios en otras cooperativas, ingresos de la tesorería,...) y sus gastos (anticipos societarios y ss, las cantidades destinadas obligatoriamente al Fondo de Formación y Promoción Cooperativa,...).
También están los resustados extracooperativos, contando como ingresos inversiones y otras actividades ajenas a la cooperativas, y como gastos los que surjan por esos ingresos.
Un saludo.

#9

Re: Cooperativa de trabajo asociado de venta ambulante: dudas

En el organismo competente de la comunidad autónoma me comentan que con que cumpla con la normativa sobre cooperativas no investigan más, en la Tesorería me dicen lo mismo. En la Agencia Tributaria me dicen que si es una cooperativa todos deben de comprar y de vender por cuenta de la cooperativa mercaderías de la cooperativa. Como esto nunca es así, sino que cada cooperativista compra en un sitio diferente, vende al precio que estima conveniente, y hace suyas las ventas, me indican que eso sería un fraude a la Seguridad Social porque bajo el abrigo de una cooperativa consiguen reducir la cuota de autónomos sin que exista actividad cooperativizada. Por otro lado, si nadie da facturas ni de compra ni de venta: 1) No pueden dar anticipos (los he visto de 480 euros por cooperativista) porque no generan ingresos y 2) No cabe otra opción que "inventar" las facturas de compra, todo lo cual supone un fraude a la Seguridad Social. Cooperativas con 100 socios que den anticipos de 480 tienen que haber ganado 48.000 euros ¿De donde, si no tienen facturas? Mi conclusión, salvo mejor criterio, es que es un fraude.

#10

Re: Cooperativa de trabajo asociado de venta ambulante: dudas

Fraude no es. Es una cosa "rara", muy en el límite de lo legal.

Solo algunas autonomías tienen recogidas este tipo de cooperativas como "de trabajo". En otras autonomías son "de servicios".

Entonces, el funcionamiento, de cara a la SS, es que son "de trabajo" (ya que agrupan a trabajadores, por cuenta propia), para beneficiarse de unas cuotas reducidas, pero para hacienda son "de servicios" (ya que agrupan a profesionales que desarrollan autónomamente una actividad económica), donde cada socio debe llevar sus propia contabilidad y liquidaciones de impuestos.

Para poder declarar ante hacienda como "de trabajo", el socio debería comprar en nombre de la cooperativa. Por supuesto, debería remitir a la cooperativa todas estas facturas, y la cooperativa debería como mínimo, "estimar" a partir de esto, el volumen de ventas-retorno cooperativo.

Creo que hay alguna que sí lo hace así.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#11

Re: Cooperativa de trabajo asociado de venta ambulante: dudas

Muchísimas gracias Cachilipox. Mi comunidad es Andalucía. Si lo que comentas fuera así (la SS las trata como de trabajo y Hacienda las trata como de servicios) tendría mi problema resuelto, porque seguirían pagando módulos con un retorno cooperativo (anticipo) cero (no se si el anticipo cero se podría incluir en los estatutos); la cooperativa tributa en el impuesto de sociedades por las cuotas mensuales de los socios y asunto arreglado. El tema es que me dijeron en Hacienda que a eso lo podemos llamar asociación de comerciantes, pero no cooperativa. Es más, me comentaron que las cooperativas de servicios no tienen la reducción en la cuotas del RETA y me adelantaron que les constaba que en la SS habían abierto una investigación para determinar si eran o no de trabajo, pues si no lo eran iban a empezar a reclamar las demasías por RETA. Yo pretendo hacer algo legal desde la realidad que se que se presenta, pero no veo la forma. Me dicen que por ejemplo las cooperativas de transportes, al menos compran el combustible en una misma plataforma y no se si eso sólo resultaría suficiente para catalogar ese ente como cooperativa. El mosqueo que tengo es que se, porque lo he visto, que algunas cooperativas dan recibos de anticipo sin que el trabajador lo reciba y sin recibir ingresos ni facturas de los cooperativistas y no se como lo hacen sin que sea un fraude. Es más, se publicitan diciendo que no tienen que pagar las liquidaciones trimestrales.

#12

Re: Cooperativa de trabajo asociado de venta ambulante: dudas

Buenas, lo primero es decirle a " mmanuelr" que la página de la agencia tributaria tiene un buzón de denuncias que funciona muy bien  y más si usted directamente va con todos los datos del fraude detectado, imagino que lo tendrá claro y facilmente demostrable que todas las cooperativas de venta ambulante son un fraude,¿verdad?,.

 

   Yo en condición de asesor fiscal y laboral y teniendo en cuenta que entre mis clientes hay diversas cooperativas y entre ellas 2 de venta ambulante, siento comunicarle que per se no son un fraude, distinto es que usted haya tenido contacto con una o varias que si lo sean, en las mismas condiciones que todas las sicab o todas las comunidades de propietarios puedieran ser un fraude....

 

   Las que yo conozco y más aún, tengo como clientes funcionan así: 

 

1º Todos los cooperativistas compran con la identifición de la cooperativa.

 

2º Se liquidan los coorrespondientes impuestos(trimestrales de iva, resumen anual, 347, impuestos de sociedades....etc)

 

3º La unidad de cooperativa se consigue mendiante el paso 1, con la unificación en una ofcina de todos los cooperativistas además de diferentes asambleas generelas y de cualquier otra índole, además se contratan los seguros de todos mediante la cooperativa por lo que se crea otro nexo de unión cooperativista, se compran las bolsas con las que se trabaja con el cliente final de la misma forma(cooperativa), tienen sede social, y un abogado a su servicio que tambien sale del dinero del mantenimiento de la cooperativa.....en fin....creo que es bastante unión.

 

4º Para su conocimiento la seguridad social , ya prevé el alta en R.E.T.A(AUTÓNOMO) de forma especial para la venta ambulante, por estar especialmente protegida la profesión, quiero decir que lo que usted comenta de los 480€ que realmente en 2016 son 491,10€ y eso sin estar en una cooperativa , sigo ....las bonificaciones de las que parece usted hablar las concede la seguridad social por estar dentro de una cooperativa, claro, si partimos  de la base que ya la seguridad social tiene un estatus especial para los vendedores ambulante si estos forman parte de una cooperativa , aún más

 

5º Nivel fiscal, cada socio-trabajador tiene una retención fiscal, volvemos a lo de antes , están exentos practicamente todos porque los ingresos que se declaran no llegan al mínimo, los adentantos se hacen , y todo transcurre por unos cauces complicados pero legales.

 

  Por último añado que una de ellas ha tenido recientemente una inspeción de la agencia tributaria y sincermanente se ha pasado con total exito puesto que estas cooperativas son un hibrido entre 3 tipos de cooperativas muy difícil de entender , quizás sí, pero jamás tildaría de fraude algo que no controlo y por supuesto si lo hiciera sería ante organismos oficiales y con pruebas fehacientes.

#13

Re: Cooperativa de trabajo asociado de venta ambulante: dudas

Buenas, 
mi mujer se dedica a la venta ambulante en mercados tradicionales y tributa en estimación objetiva y paga su autónomo sin bonificación.
Por lo que habla con compañeros de la profesión, es de las pocas personas que no está en cooperativa de trabajo asociado de venta ambulante. Nos hemos informado y en efecto, pagaría 50% del autónomo teniendo la misma base de cotización y no pagaría impuestos trimestrales. A cambio de eso, pagaría todos los 
meses una cuota mensual de 36€ y sin aportación de cuota inicial. Eso
sí, en uno de los adjuntos que ha recibido
por mail le informan de que será socia sin ser partícipe ni tiene acciones de la cooperativa, eximiéndole a su vez de cualquier responsabilidad por deudas o beneficios de la misma.

Parece perfecto, y lo más seguro que se haga socia de una de las cooperativas de las que se
ha informado.
Yo lo que no acabo de entender, es como que no se aporta cuota inicial y qué pasa con el Iva repercutido. De un compañero hemos visto el borrador de la renta y no aparecen datos de la cooperativa , de hecho le dicen que ponga en rendimientos la base de cotización mensual en la seguridad social multiplicada por 12 meses y que los 36€ mensuales tb los multiplique por 12 y los ponga como gastos de servicio exteriores.
Yo soy socio cooperativista en una de transportes y he tenido que aportar cuota inicial y me aplican retención y el tema del
Iva  se declara pagando la diferencia entre repercutido y soportado como en cualquier empresa. Eso sí, soy socio partícipe y tengo acciones.
Por lo que,  agradecería me pudieran informar al
respecto  no vaya a ser que luego salga más caro que  como está ahora.