Herencia, gastos deducibles, alquiler y venta
Hola, buenos días. Voy a intentar resumir un poco el tema, pues creo que es o puede ser un poco lioso:
1.- En mayo me adjudican en herencia el 18% de una vivienda; un 20% es para mi hermana discapacitada psíquica e incapacitada judicialmente y un 62% para mi madre, además del usufructo. Presenté la liquidación correspondiente en la Conselleria de Hacienda, en Valencia.
2.- En octubre vendimos esa vivienda, y cada uno recibimos ese porcentaje en metálico. (Pasaron 146 días de la herencia a la venta).
3.- ¿Qué debemos declarar, tanto mi madre como yo en la declaración?, ¿hay gastos deducibles?.
4.- Mi madre desde junio de 2014 vive en otra casa.
5.- En el caso del borrador de la declaración de mi madre le aparece la opción de individual y conjunta; ella es viuda, por lo que entiendo que conjunta sería junto a mi hermana.
A.- Por otro lado, mi esposa recibió a finales de diciembre en herencia una vivienda y un local comercial, en un 33%. Su madre tiene el usufructo total de dichos bienes. Son 14 días de 2015 los que ya son propietarios.
B.- ¿Qué obligaciones tiene en la declaración?, ¿debe aparecer estos bienes heredados?, ¿se pueden deducir los gastos de notaría?... La plusvalía se pagó ya en abril de este año.
C.- En el caso de la vivienda, está alquilada desde junio de 2015, y el dinero va a mi suegra; por tanto, entiendo que es ella quien debe declarar este alquiler, y no mi esposa y hermanos que son los propietarios desde final de año.
Espero que haya quedado claro todo esto.
Gracias y saludos.