El mismo de siempre, declaración y pago en tu Comunidad de residencia del impuesto de donaciones.
Ley Impuesto sucesiones y donaciones:
Artículo 6 Obligación personal
1. A los contribuyentes que tengan su residencia habitual en España se les exigirá el Impuesto por obligación personal, con independencia de dónde se encuentren situados los bienes o derechos que integren el incremento de patrimonio gravado.
2. Para la determinación de la residencia habitual se estará a lo establecido en las normas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.