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Impuesto donaciones (estoy acojonado)

23 respuestas
Impuesto donaciones (estoy acojonado)
Impuesto donaciones (estoy acojonado)
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#16

Re: Impuesto donaciones (estoy acojonado)

Ese argumento no creo que le resulte muy convincente al Ministro del ramo. De un plumazo te has cargado la mayor parte del Impuesto de Sucesiones.

Por cierto, la donación de cerveza y aceitunas es igual si en vez de ser tu hermana es un amigo. Ahí ya no hay ayuda mutua.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#17

Re: Impuesto donaciones (estoy acojonado)

Buenos días:

Es cierto, si me invia un amigo también es una donación.

Pero con el acto de invitarme está pagando impuestos, por lo que una misma transacción no debe estar sometida a dos impuestos.

Luego el padre le puede regalar el garaje al hijo y paga el impuesto de la compra del garaje. Ten en cuenta que es una comunidad de ayuda mutua, cuyas obligaciones de ayuda mutua están reguladas y son mínimas. Hay que tener contentos a los hijos para que cuando seas mayor te atiendan bien, si lo necesitas.

Si en vez de comprar un garaje compra un abrigo o una joya por el mismo precio y se la da en mano no hay ninguna diferencia.

Saludos.

#18

Re: Impuesto donaciones (estoy acojonado)

Por lo menos has cambiado de impuesto, ahora toca el de donaciones. Resulta que si tu padre te regala un garaje no es una donación sino un regalo y no tributa porque es de padres a hijos, lo que hay que oir, tu haz lo que quieras con tus impuestos, pero no puedes ir dicendo esas cosas por ahí. Es una donación como una catedral, con el agravante de que se enteran automáticamente, no hay manera de evitar que te la liquiden. Tu intenta hacer esa operación a ver si sales de rositas en base al Tribunal Constitucional que tanto te gusta mencionar y a los derechos humanos. Cuanto mas hablas, mas se te ve el plumero, y tiene pocas plumas...

Bastante tendrá que ver una caña con tapa con un bien inmueble, pero tu sigue que nos partimos de risa

Un saludo

#19

Re: Impuesto donaciones (estoy acojonado)

Buenas tardes:

Vamos a ver: Si en Madrid se tributa creo que por donación el 1% y en otras comunidades por muchas veces más, ya me dirás si hay equilibrio en el sostenimiento de las cargas públicas de unas comunidades a otras.

Luego por lo tanto gravar por gravar no tiene fundamento. 

Así tenemos a Irlanda, que nos chupa los impuestos al resto de países de la UE. 

Pues lo mismo pasa con Madrid.

Vienes a Madrid y le abres una cuenta al hijo en Madrid y tributas por el  1 %. Eso si tributas. Pues si te pones con el en la cuenta, ya me dirás como vas a controlar quien ha aportado el dinero y si le has donado.

Si he dado dinero a un hijo o le he comprado un apartamento con garaje en la playa no lo voy a decir.

Pero es un hecho, que hasta los notarios te dicen como eludir el impuesto de donaciones de padres a hijos.

Por cierto, no sé si fue a ti, pero te dije que de ibas a aburrir con el IIVTNU, ya que las personas me habían entendido y ya preguntan menos.

Desde el 8 de junio no hay nadie que haya preguntado sobre el IIVTNU.

Se ha producido la derrota de las mieses con las sentencias del TC. La confiscación se acabó en el IIVTNU. 

Saludos.

 

 

 

#20

Re: Impuesto donaciones (estoy acojonado)

Yo no estoy hablando de si se entera la Administración o no, o si la gente las declara o defrauda, sino de lo que es una donación gravable por el impuesto de donaciones y lo que no. Y ese concepto no lo tienes muy claro, pero no te preocupes que le pasa a mucha gente, es lo que tiene la escasa cultura tributaria que existe en este país. Cada uno que haga lo que quiera, pero con conocimiento de causa si es posible, la ignorancia no es disculpa en el ámbito tributario.

De lo de la plusvalía, tiendo a pensar que la gente ya te ha calado y no te hace caso, que es lo que debería hacer yo, pero me temo que eso lo haré cuando dejes de escribir barbaridades sin sentido.

Un saludo

#21

Re: Impuesto donaciones (estoy acojonado)

#22

Re: Impuesto donaciones (estoy acojonado)

En primer lugar, puede ser discutible la donación por la compra de un garaje.

Lo que yo digo; es que la familia es una comunidad de ayuda mutua. Esto no es discutble, aunque a veces no se cumpla esa solidaridad entre los miembros de la familia.

Lo que yo estoy diciendo al ser discutible, no el hecho imponible de la donación, sino el precepto de gravar esa donación en concreto, por ser la familia comunidad de ayuda mutua.

El hecho de no gravarla es discuible que sea un perjuicio para la Hacienda Pública, si se ve de otro modo.

El hecho económico es una compra del garaje. si a esa compra le añadimos el impuesto de donaciones, muchos se lo piensan. En ese caso, no se realiza la compra y la actividad económica se ralentiza. No hay impuesto por la compra, que a su vez puede generar otra compra por el que recibe el dinero.

En este caso la actividad económica se intensifica y la Hacienda Pública se beneficia.

Sobre este hecho de la donación nunca me he manifestado que no hubiera el hecho imponible.

Pero en el tema del IIVTNU, no tengo ningun duda. El Tribunal Constitucional dice lo que le hemos escrito en la LRHL.

Pero te voy a dar un dato, la Institución del Defensor del Pueblo, en su página de Internet, expone que está atendiendo la pobreza energética. 

Después del sufriento de miles de personas en españa, por las consecuencias, en parte, de la confiscación del IIVTNU llevada a cabo durante 28 años, es necesario que reflexiones.

La transmisión de un inmueble no es suficiente para que se produzca el hecho imponible del IIVTNU. 

La lógica es la siguiente:

    - El incremento potencial de la LRHL es inseguro

    - El fallecimiento de las personas es seguro

       inseguroxseguro=inseguro

Por lo tanto, puesto que la muerte es segura, pues es cuestión de tiempo, los inmuebles después de 20 años hay que sacarlos del mecansmo inseguro del IIVTNU para no producir la confiscación, que está prohibida por la Consitución Española. No se trata de un impuesto de transmisiones sino de incremento de valor, que no siempre se da.

Además, los propietarios con el IBI financian de sobra la prusvalía que generen los ayuntamientos.

Esto es claro, pues el IBI, salvo error, es el impuesto más importante de los ayuntamientos. 

Las persona los han entendido.

La derrota de las mieses quiere decir, que el Tribunal Constitucional ha abierto el camino para que todas las transmisiones sean discutibles. incluso las de fallecimiento durante el período de 1 a 20 años. 

La atenuación por la bonificación de padres a hijos y viceversa, fue la consecuencia de un caso en el Defensor del Pueblo (1977). Fernando Álvarez de Miranda y Torres  admitió la queja. 

EL Señor Múgica, sucesor, posiblemente votó la LRHL, dejó embargar a una persona, con conocimiento de causa. Pero promovió la reforma de la LRHL.

La Institución se equivocó, se fue por un atajo y no hizo cumplir la LRHL.

El  sustituto de la Defensora del Pueblo actual próximo, posiblmente votó la LRHL ya que era diputado en 1988. Se trata del Sr. Fernández Marugan que ha rechazado una queja, con muy malos modales, después la primera sentencia del TC. Se le ha vuelto a reponer la queja. Se está esperando respuesta.

Reitero, las personas han interiorizado lo que es el IIVTNU, con las sentencias del TC. No es una mera transmisión.

Detrás del mecanismo actual del IIVTNU hay un fondo ciéntifico y, sobre tal base, las transmisiones mayores de 20 años no están sujetas al IIVTNU.

Saludos.

#24

Re: Impuesto donaciones (estoy acojonado)

Definitivamente, se te va la olla...

Un saludo

#25

Re: Impuesto donaciones (estoy acojonado)

Buenas noches:

Lo que denominas se te va la olla es nada menos que pura álgebra de Boole.

Inseguro x seguro = inseguro

Prohibido lo inseguro por la Constitución Española.

No a un inseguro incremento = Transmisiones más de 20 años no sujetas.

Esto es pura ciencia.

Las deducciones se pueden sistematizar. 

No lo dudes. 

Saludos.