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Vivienda habitual

10 respuestas
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#1

Vivienda habitual

Segun estos articulos

     1406 y 1407 del codigo civil, Mi marido y yo estamos casados en ganaciales y tenemos una propiedad, que seria nuestra vivienda habitual. si uno de los dos muriera, podria comprar la mitad de la otra casa, sin autorizacion de los hijos del conyuge muerto?

 

Gracias

 

#2

Re: Vivienda habitual

Yo creo que, en general, ni siquiera sería necesario comprarla.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Vivienda habitual

Si pretendes que la casa sea completa tras el fallecimiento quítala del caudal relicto del fallecido, ¿cómo?, pues asignándole otros bienes (con igual valor) en la disolución de gananciales tras el fallecimiento.

La ventaja fiscal en el ISD por herencia de la vivienda habitual del causante no se podrían aplicar.

Un saludo

 

#4

Re: Vivienda habitual

No he entendido nada. La pregunta es si el conyuge que sobrevive puede comprar la otra mitad si la hija del difunto no quiere. 

De todas maneras explicame eso que has dicho. Gracias

 

#5

Re: Vivienda habitual

Ejemplo:

- A y B son matrimonio en gananciales.

- Tienen una casa de valor 100.000 euros

- Dinero en banco 100.000 euros.

Si A fallece, B tiene dos opciones al disolver ganaciales:

1) Se queda con la casa y a la herencia irán los 100.000 euros.

2) Se queda con los 100.000 euros del banco y la casa irá a la herencia.

 

Un saludo

#6

Re: Vivienda habitual

Otra posibilidad adicional a la que plantea buenavista es que el conyuge se la deje al otro en testamento, en usufructo vitalicio, o en pleno dominio. En este último caso, deberá haber otros bienes con los que pagar la legítima de los hijos, o podrán impugnar el testamento y anularlo.

Este tipo de dudas os las pueden resolver en la notaría si vais a hacer testamento.

Un saludo

#7

Re: Vivienda habitual

En el caso en que en los bienes gananciales no haya dinero para ello. Me explico ganaciales, esta esa casa, y algo de dinero. 

Pero privativos al menos por mi parte que soy la esposa si habria para pagar la mitad de la casa con el usufructo, la pregunta es, podria mi marido comprar la mitad de la casa con   el usufructo de mis privativos, sin consentimiento de mi hija, (siendo la mitad de la casa propiedad de mi hija), y si el usufructo no fuera suficiente, puede comprarlo con su dinero privativo, (si lo tuviera), sin consentimiento de mi hija?  

#8

Re: Vivienda habitual

Lo que te estamos diciendo es que, en caso de fallecimiento, habría que disolver la sociedad de gananciales y en esa disolución el cónyuge supérstite tiene derecho prevaleciente a conservar la vivienda familiar. 

Lo demás son cálculos aritméticos en función del testamento y de lo que haya en la herencia. A falta de datos, no puede haber cálculos.

P.D. En estos casos, para proteger al cónyuge, se suele hacer el testamento "del uno para el otro".

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#9

Re: Vivienda habitual

derecho prevaleciente, quiere decir que no importa lo que diga mi hija?

#10

Re: Vivienda habitual

Importar, sí importa, máxime siendo una hija. Los acuerdos siempre son mejores que los desacuerdos.

Prevaleciente, en este caso, quiere decir que, en caso de desacuerdo, tu derecho está por encima del suyo. El art 1406 del Código Civil lo menciona como "preferencia".

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#11

Re: Vivienda habitual

Me parece que el matiz que no entiendes bien es que no se trata de comprarle su mitad a la hija sino de que no se la adjudique ella sino el cónyuge sobreviviente, con lo que nunca habría llegado a ser de ella en ninguna proporción, ya que habría recibido otros bienes en compensación.

Un saludo