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Actividad exenta de IVA: ¿tengo que registrarme en el ROI?

3 respuestas
Actividad exenta de IVA: ¿tengo que registrarme en el ROI?
Actividad exenta de IVA: ¿tengo que registrarme en el ROI?
#1

Actividad exenta de IVA: ¿tengo que registrarme en el ROI?

Hola,

Después de intentar hablar con la sección de IVA de la Agencia Tributaria 4 días y que jamás me cojan el teléfono, desisto y vengo a molestaros a ver si alguien me puede echar un cable. Gracias y mil disculpas de antemano.

La situación es la siguiente: realizo una actividad que está exenta de IVA (no hago los modelos 303 ni 390), y aquí están mis dudas:

1) El 99% de mi actividad es para empresas de fuera de España, especialmente Alemania. ¿Tengo que darme de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios y presentar el modelo 349 anual a pesar de que mi actividad no tiene IVA?

2) Cuando compro materiales para mi trabajo, me desgravo siempre el coste sin incluir lo que pagué de IVA, pero he leído en algún sitio que si mi actividad está exenta de IVA, puedo desgravarme el total de lo que pagué, incluyendo el IVA. ¿Es esto cierto?

Muchas gracias.

 

#2

Re: Actividad exenta de IVA: ¿tengo que registrarme en el ROI?

El ROI no es un registro de IVA, es un registro de operador intracomunitario, o sea, es para figurar inscrito en el censo de empresarios (a efectos de IVA) de la UE. Que luego tu actividad concreta esté exenta de IVA en España es ya otra cosa. Cada uno de tus clientes debe declarar el IVA según su normativa interna. Puede que lo que en España esté exento de IVA, en Alemania no. Si no figuras en el ROI, se entiende que todos tus clientes son internos españoles, y que en tus adquisiiones intracomunitarias eres consumidor final (soportas el IVA del pais de origen del bien o servicio) sin posibilidad de deducirlo (a efectos de IVA).

En las actividades económicas que están exentas de IVA, las cuotas de IVA soportado sonmayor coste de adquisición. Así, si adquierews algo por 100 € + IVA (121 PVP), tu gasto deducible para el IRPF es 121.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Actividad exenta de IVA: ¿tengo que registrarme en el ROI?

Muchísimas gracias, me queda todo más claro.

#4

Re: Actividad exenta de IVA: ¿tengo que registrarme en el ROI?

Por si alguien tiene esta misma duda, vuelvo a reabrir el tema para explicar cómo va la cosa.

Intenté darme de alta en el ROI y Hacienda me dijo que no, que no tenían constancia de que estuviera dada de alta en el IVA. Les dije que mi actividad estaba exenta, y les mandé varios documentos que me pedían (entre otros, algunas facturas a mi cliente alemán). Me han vuelto a responder denegándome el alta, y me explican lo siguiente:

"De conformidad con lo establecido en el artículo 25.3 del RD 1065/2007, de 27 de julio, por el que se
aprueba el Reglamento General de las actuaciones y losprocedimientos de gestión e inspección tributaria
y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, no se asignará
el NIF IVA a los sujetos pasivos que realicen exclusivamente operaciones que no atribuyan el derecho a la
deducción total o parcial del impuesto (Actividades exentas IVA), cuando las adquisiciones
intracomunitariasde bienes efectuadas por dichas personas no estén sujetas al IVA en virtud de lo dispuesto
en el artículo 14 de la ley de dicho impuesto. Dado que las operaciones que realizan no originan el derecho
a la deducción y no consta que haya optado por el régimen del artículo 14 de la ley del IVA, no procede el
alta en el Registro de Operadores Intracomunitario. Para proceder a esta alta deberá presentar modelo 036
en el que opte por el régimen previsto en el mencionado art. 14, marcando la casilla 138 y 910."

No me entero de absolutamente nada, pero entiendo que no me tengo que dar de alta en el ROI (tampoco es que me dejen, así que...).

Si alguien entiende otra cosa del texto me puede decir? Muchas gracias. Espero que este hilo sea de utilidad para otras personas con las mismas dudas que yo.

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