No mezclemos cosas. Tienes derechos, muchos derechos Pero cada uno va por su lado.
Una cosa es respecto de la paternidad, que eso va por un lado, y otra relacionada pero diferente, tus derechos laborales.
Como trabajadora-madre, tienes un periodo de especial protección, en el que salvo causas MUY justificadas, cualquier despido es NULO (o sea, inexistente). El periodo de especial protección es desde que te quedas embarazada hasta que la criatura cumple 9 meses.
Pasado esa fecha, tienes todos los derechos de cualquier trabajador, derecho a a ocupación efectiva, a la dignidad laboral, a la rescisión de contrato por incumplimiento o cambio sustancial de condiciones, a las indemnizaciones por despido (procedente o improcedente),.....
En lo que respecta a que reconozca la paternidad y afronte sus responsabilidades, es un asunto civil.
En lo del despido, es un asunto laboral. No es obligatorio, pero sí muy aconsejable que cuentes con el asesoramiento de sindicatos y abogados laboralistas.
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!