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IRPF para bienes inmuebles heredados
Hola a todos,
me gustaría hacer una pregunta para ver si algún compañero forero sabe respondérmela.
Tengo entendido, que un bien inmueble heredado, no ha de ser incluido en el IRPF del año en cuestión pues por él se han pagado ya los impuestos de sucesiones y plusvalías que apliquen.
Mi duda está en el punto de "el año en cuestión". Me explico. Supongamos que:
- El fallecimiento se produce en 2017 (finales de año).
- El pago de los impuestos (tras pedir prórrogas por ejemplo) se produce en 2018 (finales de año).
- Las escrituras de adjudicación de herencia se firman en 2019.
Entiendo que:
- El heredero adjquiere dicho bien en 2019 (año de la firma de escrituras).
- Por lo anterior, es en el IRPF2019 cuando se debería incluir dentro de sus bienes inmuebles.
Mis preguntas:
- ¿Al ser el primer año, no debe incluirse en el IRPF2019?
- ¿Lo anterior sólo es cierto si los impuestos de sucesiones y/o plusvalías se pagaron ese mismo año 2019?
- Si no se incluye ni en el IRPF2017, ni IRPF2018, ni IRPF2019, ¿en qué año habría que incluirlo? Entiendo que en el IRPF 2020?
Gracias por vuestras respuestas
me gustaría hacer una pregunta para ver si algún compañero forero sabe respondérmela.
Tengo entendido, que un bien inmueble heredado, no ha de ser incluido en el IRPF del año en cuestión pues por él se han pagado ya los impuestos de sucesiones y plusvalías que apliquen.
Mi duda está en el punto de "el año en cuestión". Me explico. Supongamos que:
- El fallecimiento se produce en 2017 (finales de año).
- El pago de los impuestos (tras pedir prórrogas por ejemplo) se produce en 2018 (finales de año).
- Las escrituras de adjudicación de herencia se firman en 2019.
Entiendo que:
- El heredero adjquiere dicho bien en 2019 (año de la firma de escrituras).
- Por lo anterior, es en el IRPF2019 cuando se debería incluir dentro de sus bienes inmuebles.
Mis preguntas:
- ¿Al ser el primer año, no debe incluirse en el IRPF2019?
- ¿Lo anterior sólo es cierto si los impuestos de sucesiones y/o plusvalías se pagaron ese mismo año 2019?
- Si no se incluye ni en el IRPF2017, ni IRPF2018, ni IRPF2019, ¿en qué año habría que incluirlo? Entiendo que en el IRPF 2020?
Gracias por vuestras respuestas